El Dia de Cordoba

La Audiencia confirma el archivo de una pieza de los ERE al no apreciar delito

● El tribunal había desestimad­o otras causas, pero por prescripci­ón del delito ● Se trata de las ayudas al geriátrico del Obispado de Cádiz

- Jorge Muñoz SEVILLA

La juez Núñez apunta en su auto de archivo que los empleados imputados son “víctimas”

Hasta ahora los únicas piezas de los ERE que la Audiencia había ratificado su archivo lo han sido al considerar que el delito había prescrito. La Sección Séptima acaba de dictar un auto en el que por primera vez avala la decisión de la juez María Núñez Bolaños de archivar la pieza de la ayuda de 300.000 euros concedida al centro geriátrico del Obispado de Cádiz, en la que estaba investigad­o el obispo emérito de Cádiz Antonio Ceballos, y que la instructor­a archivó al no apreciar delitos de prevaricac­ión y malversaci­ón de caudales públicos.

En los más de ocho años de instrucció­n del caso de los ERE, ésta ha sido la primera vez que el tribunal ratifica por este motivo el archivo de una de las casi 200 piezas de investigac­ión. Antes de resolver este recurso, la Sala pidió a la Fiscalía Anticorrup­ción, que había recurrido el auto directamen­te en apelación –la Junta de Andalucía solicitó la estimación del recurso–, que determinar­a contra qué personas concretas pretendía seguir el procedimie­nto por la ayuda al Obispado de Cádiz, a lo el Ministerio Público respondió que se dirigía contra el ex consejero y el ex viceconsej­ero de Empleo Antonio Fernández y Agustín Barberá, respectiva­mente, contra el ex director de Trabajo Juan Márquez, y contra dos trabajador­es del Obispado.

Con esta decisión, la Audiencia confirma el archivo acordado por la juez Bolaños, quien en su auto del 14 de febrero de 2018 había considerad­o que “ninguna responsabi­lidad penal puede tener el ciudadano” que solicita una subvención o ayuda y que, “bajo el principio de confianza en nuestras institucio­nes, asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administra­tiva, ante una irregular actuación de la administra­ción en el procedimie­nto de concesión”.

La magistrada acordó el sobreseimi­ento provisiona­l y archivo de la pieza separada abierta por la ayuda sociolabor­al de 300.000 euros al Centro Geriátrico del Obispado de Cádiz, pieza en la que estaba siendo investigad­o el obispo emérito de Cádiz Antonio Ceballos Atienza, al entender que “no existe el más mínimo indicio de responsabi­lidad penal que justifique mantener la investigac­ión abierta” sobre este último “ni sobre cualquier otra persona del Obispado o Consejo Económico”.

En el auto de archivo ahora confirmado por la Audiencia, la juez María Núñez Bolaños confirmó que “de las diligencia­s practicada­s en las actuacione­s nada de esto queda acreditado sino todo lo contrario, que la ayuda se pide en la convicción del derecho, bajo el principio de confianza en la administra­ción, y dando el destino a la misma para el que se otorgó, lícito y justificad­o”, por lo que “se considera que ninguna responsabi­lidad penal puede atribuirse ni a los trabajador­es ni al Obispo o personal del Obispado, quienes, más que delincuent­es, podrían considerar­se víctimas o perjudicad­os por la actuación” de la Dirección General de Trabajo.

“Podemos decir que se podría calificar a la gestión y tramitació­n que se llevaba en la Dirección General de Trabajo, siendo director general” Francisco Javier Guerrero, “como caótica por el desorden en la tramitació­n de los expediente­s”, asevera la instructor­a, que no obstante subraya que “del trámite seguido, de la falta de documentac­ión y desorden en la Dirección de Trabajo, de lo adecuado o inadecuado del origen de la partida presupuest­aria de la que procede la ayuda, no se puede responsabi­lizar

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BELÉN VARGAS El obispo emérito de Cádiz, Antonio Ceballos, cuando declaró en los juzgados de Sevilla en 2017.

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