El Dia de Cordoba

Absuelto el ‘estafador de mujeres’ de engañar a una de sus supuestas víctimas

● El juez aprecia incoherenc­ias entre las supuestas necesidade­s económicas de la denunciant­e y su nivel de vida posterior ● El acusado acumula 25 denuncias por presuntos casos de fraude

- Efe BARCELONA

Un juez de Barcelona ha absuelto a Albert C., conocido como el supuesto estafador de mujeres, tras el juicio por una de la más de veinte estafas por las que fue denunciado, al concluir que las “contradicc­iones” de la versión de la víctima impiden corroborar que le dio dinero bajo engaño.

En la sentencia, el Juzgado de lo Penal número 27 de Barcelona absuelve a Albert C. argumentan­do que las “evidentes contradicc­iones” en los sucesivos relatos de la víctima no permiten dar por probado que actuara engañada a la hora de prestarle dinero y sufragar sus gastos por un valor de más de 7.000 euros.

De las 25 denuncias de mujeres que lo acusaron por quedarse su dinero bajo engaño, el supuesto estafador ha tenido una suerte dispar en los juzgados, donde ha sido absuelto en algunos de los casos, como el de esta víctima, pero también condenado a un año el pasado diciembre por engatusar a una mujer, asegurando que era inversor en bolsa.

En este caso, la víctima denunció en un primer momento que accedió a darle dinero porque que estaba pasando por una situación difícil, posteriorm­ente que no tenía problemas económicos, sino que estaba a la espera de que su madre le devolviera una documentac­ión, y finalmente, en el juicio, que aceptó correr con sus gastos y dejarle dinero, porque se había dejado la cartera en Andorra.

Según la sentencia, el acusado contactó con la mujer a través de una web de citas y quedaron en sucesivas ocasiones, en las que ella lo invitó y asumió los gastos e incluso le cedió 7.000 euros, después de que éste afirmara que trabajaba en una empresa familiar de domótica y alardeara del alto nivel adquisitiv­o de su familia.

Para el juez, no ha resultado acreditado que la mujer efectuara todos o alguno de los pagos como consecuenc­ia de “algún concreto engaño” atribuible al acusado, ni que la transferen­cia bancaria que le hizo obedeciera a una “manifestac­ión engañosa” por su parte que la llevara a un “error”.

La sentencia destaca que la denunciant­e reconoció en el juicio que accedió a ir pagando y a ir sacando pequeñas cantidades de dinero y entregarla­s al acusado mientras éste le aseguraba que había ordenado varias transferen­cias para devolverle los gastos y reintegros.

Esta mecánica se prolongó en el tiempo, ya que ambos acudieron a restaurant­es de lujo, sitios caros y hoteles, siempre pagando ella o el acusado con dinero que la mujer le entregaba previament­e. Esta versión, según el juez, contrasta con la que la mujer sostuvo al principio de que el acusado le pidió dinero porque atravesaba dificultad­es económicas, ante lo que concluye que no existen suficiente­s indicios de que actuara engañada y acordó la absolución.

La pareja acudía a restaurant­es y hoteles de lujo, en los que siempre pagaba ella

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