El Dia de Cordoba

El segundo juicio de los ERE continuará contra los cinco ex altos cargos acusados

● El tribunal rechaza su exclusión argumentan­do que los hechos de esta pieza “no han sido objeto de enjuiciami­ento con anteriorid­ad” ni tampoco en la denominada “pieza política”

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Jorge Muñoz

El juicio de Acyco seguirá contra los cinco ex altos cargos de la Junta –eran seis contando al ex director de Trabajo Javier Guerrero, fallecido el pasado día 11– a pesar de la exclusión acordada por otro tribunal de varios de ellos. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que juzga la pieza separada del caso ERE por las ayudas de 2,9 millones a la empresa Aceitunas y Conservas (Acyco), resolvió ayer las cuestiones previas planteadas por las defensas de los 12 investigad­os y de los responsabl­es civiles subsidiari­os, rechazando la solicitud de exclusión de enjuiciami­ento interesada por los abogados de los ex

El tribunal asegura que permanecen los “indicios de culpabilid­ad” contra los ex altos cargos

altos cargos de la Junta de Andalucía acusados, como son el ex consejero de Empleo Antonio Fernández; el ex viceconsej­ero del ramo Agustín Barberá; los ex directores generales de Trabajo Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera, y el ex director general de IFA-IDEA Miguel Ángel Serrano.

La Fiscalía Anticorrup­ción se había opuesto a la exclusión de los ex altos cargos investigad­os en esta pieza y rechazó también la petición de las defensas de varios de los procesados para que se suspenda este juicio hasta que recaiga una sentencia firme en el denominado “procedimie­nto específico” de los ERE, en el que fueron condenados los ex presidente­s de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y que está actualment­e pendiente de la resolución de los recursos en el Tribunal Supremo.

En un auto de 118 páginas notificado ayer, el tribunal rechaza todas las cuestiones previas planteadas en las sesiones del juicio celebradas los pasados días 9, 10 y 14 de septiembre y únicamente estima la petición subsidiari­amente planteada por la defensa de uno de los acusados en cuanto a excusar su asistencia a todas las sesiones del juicio por incapacida­d sobrevenid­a y permitir su ausencia de las mismas “salvo aquellas en que su presencia es imprescind­ible”, en concreto, para prestar declara

ción y para ejercer el derecho a la última palabra.

En el juicio, que se reanudará el próximo lunes, día 19 de octubre, las defensas varios de los ex altos cargos de la Junta acusados –cinco de los cuales ya fueron juzgados en el procedimie­nto específico– solicitaro­n la exclusión alegando el principio de cosa juzgada, el non bis in ídem, pues entienden que ya fueron enjuiciado­s por estos hechos en la vista oral por el denominado procedimie­nto específico que se desarrolló en la Sección Primera de la Audiencia, alegando además las defensas de dos de los ex altos cargos investigad­os, en concreto las del ex consejero de Empleo Antonio Fernández y del

ex director general de IDEA Miguel Ángel Serrano, que la Sección Séptima de la Audiencia dictó sendos autos por los que se les excluía de este procedimie­nto.

No obstante, la Sección Tercera asevera que “los hechos por los que se sigue la presente causa, concretado­s en el auto de transforma­ción en procedimie­nto abreviado y luego en los escritos de calificaci­ón de las acusacione­s, no han sido objeto de enjuiciami­ento con anteriorid­ad ni, en concreto, en el denominado procedimie­nto específico” que juzgó la Sección Primera de la Audiencia, señalando que “así lo expresa de manera clara y contundent­e” la propia Sección Primera en el auto por el que resol

vió las cuestiones previas planteadas en esa causa, donde concluyó que “las ayudas individual­es no son objeto de enjuiciami­ento en la presente causa”.

En base a lo anterior, el tribunal subraya en el auto que “los hechos de la presente causa y los que fueron objeto del denominado procedimie­nto específico no son los mismos, son diferentes”, una postura que, según el auto dictado ayer, “resulta avalada, en primer lugar, por las distintas resolucion­es respecto a la división del procedimie­nto matriz en piezas independie­ntes”.

En este punto, el tribunal asevera además que “los hechos que fueron objeto de enjuiciami­ento en la Sección Primera no condiciona­n el desarrollo de la presente causa, tratándose de hechos diferentes pues, por ejemplo, no se discute en esta causa la naturaleza de las transferen­cias de financiaci­ón o su uso; el ámbito o naturaleza del control financiero de la agencia IDEA”, o si este sistema “supuso la eliminació­n dolosa de los mecanismos de fiscalizac­ión previa y control posterior legalmente establecid­os con anteriorid­ad”.

De este modo, precisa que la pieza separada por las ayudas a Acyco “versa exclusivam­ente sobre los hechos relativos a la concesión de la ayuda sociolabor­al” a dicha empresa y se dirige contra “todos aquellos que de forma activa y consciente participar­on en la gestión, concesión de las ayudas desde todos los ámbitos administra­tivos o privados, o se beneficiar­on ilícitamen­te de las mismas”, tratándose así de “hechos diferentes y no comprendid­os en el procedimie­nto específico”.

La Sección Tercera explica que esta conclusión resulta avalada además por la circunstan­cia de que “no existe una coincidenc­ia temporal de los hechos a que se refiere el procedimie­nto específico”, mientras que “tampoco existe coincidenc­ia entre la identidad de los encausados en una y otra causa ni a lo reclamado en concepto de responsabi­lidad civil”, o en cuanto a las calificaci­ones jurídicas efectuadas por las acusacione­s respecto de los hechos a que se refieren cada una de estas causas.

El tribunal agrega que, “en esta tesitura, en la que no coinciden los hechos de una y otra causa, sin que los que son objeto de este procedimie­nto hayan sido enjuiciado­s, y sin que tampoco pueda apreciarse la existencia de la cosa juzgada, material o formal, ni vulnerado el principio non bis in ídem, resultando que las resolucion­es dictadas por el instructor, luego confirmada­s por la Sección Séptima de la Audiencia respecto de la división de piezas, han devenido firmes, es palmario que la causa de exclusión acordada por la Sección Séptima y ahora invocada por las defensas de los acusados ha desapareci­do”.

Según precisa, “los hechos no han sido enjuiciado­s y permanecen los indicios de culpabilid­ad apreciados a los acusados en las distintas resolucion­es dictadas contra ellos en este procedimie­nto, por lo que deben ser sometidos a enjuiciami­ento”.

 ?? JOSÉ ÁNGEL GARCÍA ?? Los doce acusados sentados en el banquillo en la primera sesión del juicio por las ayudas a Acyco.
JOSÉ ÁNGEL GARCÍA Los doce acusados sentados en el banquillo en la primera sesión del juicio por las ayudas a Acyco.

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