“Grosera vulneración” del acceso a la función pública
Hasta ahora una decena de juzgados de lo Contencioso de Sevilla han anulado las convocatorias de los conocidos como “contratos exprés” de la Junta de Andalucía. El más duro fue el juzgado número 9, ahora confirmado, que sentenció que la Junta empleó de forma “torticera” la existencia de una situación de pandemia, lo que “no puede justificar la privación de los derechos fundamentales de los ciudadanos por parte de las administraciones públicas de forma indiscriminada”. Se vulneró “de forma evidente, notoria e incluso grosera el derecho a acceder a la función pública”, explica el alto tribunal andaluz. Este modelo de contratación, que fue justificado en su momento como consecuencia de la emergencia derivada de la irrupción de la pandemia, han sido durante estos último meses un elemento de controversia por los mecanismos de selección empleados. La Administración andaluza recurrió en primer instancia a las bolsas ordinarias de interinos. Después de acabar, la Junta hacía pública una convocatoria para seleccionar a los candidatos por exclusivo orden de llegada de las solicitudes mediante correo electrónico. Las convocatorias se resolvían en apenas 24 horas, de manera que impedía a los interesados su conocimiento y posibilidad de aspirar a las plazas. El Gobierno de la Junta ha defendido que este sistema extraordinario de selección de personal había sido acordado con los sindicatos, que pronto criticaron, pues el citado acuerdo sólo se justificaba durante los primeros instantes de la pandemia, hace un año, cuando hospitales y residencias se vieron carentes de trabajadores y necesitaron de personal de modo urgente.