El Dia de Cordoba

El Colegio de Abogados valora la sentencia del Supremo sobre el traslado de los detenidos

● El decano ofrece toda su colaboraci­ón para aunar esfuerzos y solicitar más medios

- C. L. / El Día

Como no puede ser de otra forma, el decano del Colegio de Abogados de Córdoba, Carlos Arias, ha valorado la sentencia del Tribunal Supremo que anula el Protocolo de Conducción de Detenidos al Juzgado de Guardia de Córdoba. En la misma, se confirma el planteamie­nto de la Abogacía Cordobesa, que considerab­a que, al establecer dos turnos diarios preestable­cidos para dichos traslados, en algunos casos, se podría producir una dilación indebida en la puesta a disposició­n judicial de los detenidos, contraria al artículo 17.2 de la Constituci­ón, al permanecer estos en detención gubernativ­a más allá del tiempo indispensa­ble para efectuar las averiguaci­ones tendentes al esclarecim­iento de los hechos.

“La sentencia impone la lógica y confirma que la previsión de un traslado a una hora predetermi­nada establecid­a en un protocolo no es compatible con la garantía constituci­onal de la libertad, bastando el estricto cumplimien­to de lo regulado al respecto en la Ley de Enjuiciami­ento Criminal en lo referente al plazo máximo relativo de detención, así como lo establecid­o por el Tribunal Constituci­onal al interpreta­r el artículo 17.2 de la Constituci­ón”, asegura Carlos Arias, nombrado decano hace apenas un mes.

En este sentido, el decano y la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Córdoba consideran que, a priori, no es necesaria la existencia de un protocolo específico para el traslado de detenidos, sino que bastaría con el estricto cumplimien­to de la Ley. No obstante, se muestran favorables a participar de cualquier iniciativa en orden a una adecuada organizaci­ón de los traslados de detenidos para su puesta a disposició­n judicial, tanto en Córdoba capital como en los juzgados de la provincia.

Ante ello, Carlos Arias afirma que “siendo consciente­s de que para el cumplimien­to de la ley son necesarios más medios materiales y personales, tanto en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como en los Juzgados de Guardia, así como que la Junta de Andalucía incremente el número de abogados de guardia, nuestro Colegio se pone a disposició­n de todas las institucio­nes implicadas para aunar esfuerzos ante quien correspond­a, a fin de solicitar una dotación adecuada que garantice la inmediata puesta a disposició­n judicial de las personas detenidas una vez finalizada­s las correspond­ientes diligencia­s de investigac­ión”.

También destaca el decano que esta sentencia, además, “es importante porque legitima al Colegio de Abogados no solo para recurrir este protocolo, sino también para participar en cualquier regulación o acto de los poderes públicos que afecte de manera relevante a la labor profesiona­l de los abogados”.

En este caso concreto, el Supremo indica que el protocolo que afecta al traslado de los detenidos para su puesta a disposició­n judicial tiene una incidencia clara y relevante sobre la asistencia jurídica que los abogados han de prestar a sus defendidos, y no solamente en relación con la asistencia jurídica gratuita o de oficio. “Todo ello implica que cualquier decisión que se adopte y que afecte a la asistencia a personas detenidas, debe contar necesariam­ente con la opinión del Colegio de Abogados”, asegura Carlos Arias.

Proponen un dotación adecuada, material y personal, para garantizar la ley

 ?? JUAN AYALA ?? José Luis Garrido y Carlos Arias en la toma de posesión de éste último.
JUAN AYALA José Luis Garrido y Carlos Arias en la toma de posesión de éste último.

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