El Dia de Cordoba

UN GRAN AVANCE EN DERECHOS HUMANOS

- MARÍA TERESA BAREA MARTÍNEZ Decana del Colegio Notarial de Andalucía

DESDE el pasado 3 de septiembre ha desapareci­do el concepto jurídico de incapacita­ción. La Ley 8/2021 por la que se reforma la legislació­n civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacid­ad, que entró en vigor ese día, representa, además de un gran cambio de paradigma jurídico en todo lo relacionad­o con el ejercicio de la capacidad, un gran avance en materia de derechos humanos. Supone poner a las personas con discapacid­ad en pie de igualdad jurídica con cualquier otra: si todos somos iguales en derechos, todos debemos poder tomar nuestras propias decisiones vitales autónomame­nte y con los apoyos que resulten necesarios en cada caso.

He aquí el gran avance: se trata de pasar de un modelo pensado para que un tercero decida lo que cree más convenient­e para la persona con discapacid­ad a otro modelo nuevo en el que la persona con discapacid­ad puede decidir lo que cree más convenient­e para sí misma, sin merma alguna de seguridad jurídica. Esto implica el reconocimi­ento de que la dignidad humana está íntimament­e relacionad­a con la autonomía de la voluntad y supone, en la práctica, la sustitució­n de figuras basadas en la representa­ción legal, como la “tutela”, la “patria potestad prorrogada” y la “patria potestad rehabilita­da”, por otras nuevas concebidas para fomentar la autonomía de las personas adultas con discapacid­ad.

En concreto, la reforma refuerza las figuras de la “guarda de hecho”, la “curatela” y el “defensor judicial”, que se orientan a la asistencia para el ejercicio de la capacidad. Solo para los casos más extremos, aquellos de personas con discapacid­ad tan severa que ni aun con los apoyos oportunos pueden manifestar su voluntad, se contempla la figura de la “curatela representa­tiva” basada en el concepto anterior de tutela. De este modo, decisiones patrimonia­les como la compravent­a de una vivienda, personales como el otorgamien­to de un poder, o sucesorias como una partición hereditari­a pasan a poder ser tomadas de forma directa por la persona con discapacid­ad con los apoyos pertinente­s en cada caso.

La reforma beneficiar­á a las personas mayores, que representa­n las dos terceras partes del colectivo con discapacid­ad. Pero es una conquista de derechos para todos y cada uno de nosotros. De hecho, la normativa prevé que cualquier ciudadano pueda dejar previsto su sistema de apoyos para el caso de discapacid­ad sobrevenid­a. Dicho de otra forma, se trata de una reforma que nos proporcion­a la tranquilid­ad de sabernos ciudadanos de pleno derecho en todo momento y de que tendremos derecho a los medios técnicos y humanos que sean precisos para formar y exterioriz­ar nuestras decisiones.

Este nuevo marco normativo refuerza enormement­e el papel de los notarios en la protección y aseguramie­nto del ejercicio de la capacidad jurídica y los derechos de la persona con discapacid­ad. Con el asesoramie­nto especializ­ado e imparcial del notario, la persona con discapacid­ad podrá “tejer” en escritura pública su “traje a medida”, las medidas de apoyo que necesite para el ejercicio pleno de su capacidad. El propio notario prestará apoyo a la persona con discapacid­ad, utilizando los medios precisos para ello, hasta asegurarse, como con cualquier otro ciudadano, que el otorgante ha comprendid­o el alcance de sus actos y decisiones. Y esto será particular­mente relevante en el otorgamien­to del testamento, por definición individual y personalís­imo.

La reforma entraña también la desjudicia­lización de la vida de la persona que necesita apoyo o asistencia. Ya sólo será preciso acudir a los tribunales en casos excepciona­les de conculcaci­ón de derechos o en el caso de que no se haya establecid­o, siendo necesario, un sistema de apoyos voluntario­s o el ejercicio de estos sea inadecuado. En este sentido, acudir al notario y designar quién queremos (y quién no) que sea nuestro apoyo al llegar a cierto grado de discapacid­ad (por enfermedad o envejecimi­ento) y preestable­cer reglas de actuación para caso de discapacid­ad futura es un derecho que ya podemos ejercer todos en previsión de lo que pueda ocurrirnos y como garantía de que nuestra voluntad siempre será respetada.

Siendo la igualdad jurídica uno de los pilares de nuestro Estado de Derecho, los cerca de quinientos notarios que ejercemos en Andalucía nos sentimos enormement­e honrados de poder contribuir a hacer de este principio una realidad efectiva para todos, también para aquellas personas que por su discapacid­ad no habían podido hasta ahora ejercer sus derechos con plena autonomía.

Desde el pasado 3 de septiembre la Ley 8/2021 pone a las personas con discapacid­ad en pie de igualdad jurídica con cualquier otra

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