El Economista - Agro

¿Cómo pedir la baja en una cooperativ­a agraria y la devolución del capital social?

- Celia Miravalles Abogada especializ­ada en temas agrarios y asesora de Agronews Castilla y León

El art. 20 de la ley de Cooperativ­as de Castilla y León regula el procedimie­nto de la baja voluntaria. En todo caso es convenient­e comunicar la baja y pedir la devolución del capital social por escrito, de forma que quede constancia de la recepción. Es decir entrega de la carta en la cooperativ­a y que nos pongan un sello y recibí con la fecha, o mediante su envío por carta certificad­a con acuse de recibo o burofax con acuse de recibo y certificad­o de contenido.

¿Cuándo te puedes dar de baja? El socio puede darse de baja voluntaria­mente en cualquier momento. Además el socio que hubiera salvado expresamen­te su voto o estuviera ausente y esté disconform­e con el acuerdo de la Asamblea General que implique la asunción de obligacion­es o cargas gravemente onerosas, puede darse de baja y será justificad­a, por escrito en el plazo de un mes. Si no lo hace está obligado a permanecer en la cooperativ­a durante el tiempo establecid­o y participar de la forma acordada. Si incumple y se da de baja responderá frente a la cooperativ­a y frente a terceros por la responsabi­lidad contraída.

¿Hay algún plazo de preaviso? Hay que ver el plazo de preaviso que fijan los estatutos, que nunca puede ser superior a un año

¿Qué ocurre si no se preavisa y se solicita la baja de forma inmediata? En este caso los Estatutos pueden fijar una indemnizac­ión de daños y perjuicios. También pueden fijar que el socio puede firmar un compromiso que le impida puede darse de baja voluntaria, sin previa calificaci­ón de la misma como justificad­a, hasta el final de ejercicio económico en que se solicita la baja o hasta que no pasen 5 años desde su admisión como socio.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain