El Economista - Agua y Medioambiente
La Comunidad de Madrid ante la alta contaminación
En los últimos tiempos venimos asistiendo, cada vez con mayor frecuencia, a la adopción de medidas y restricciones por episodios de alta contaminación, hasta el punto de que la calidad del aire se ha convertido en uno de los principales retos de las ciudades. En este sentido, las administraciones públicas están procurando definir medidas que sean útiles para proteger la salud pública, lo que constituye uno de los principios rectores de la política social y económica, reconocido en este caso en el artículo 43 de la Constitución.
Las actuaciones de las administraciones deben ir encaminadas al cumplimiento de los principios de necesidad, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por ello, resulta esencial que las medidas que aprueben sean tanto útiles como equilibradas para hacer frente a los episodios de alta contaminación, generando el menor impacto posible a los ciudadanos en su operativa diaria.
Expuesto lo anterior, las cuestiones primordiales que se plantean para abordar este asunto son las siguientes: ¿Qué niveles de contaminación pueden representar realmente un riesgo para la salud? y ¿cuáles son las posibles acciones para recobrar una adecuada calidad del aire?
Respondiendo a la primera cuestión, el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, establece que los niveles de contaminación que pueden suponer alerta para la salud son los siguientes: 400 μg/m³ de dióxido de nitrógeno (NO2) durante tres horas consecutivas. 200 μg/m³ de dióxido de nitrógeno (NO2) durante una hora -máximo 18 horas anuales-. Y 40 μg/m³de dióxido de nitrógeno (NO2) de promedio por día, durante un año.
En cuanto a la segunda cuestión, en desarrollo de la normativa europea en materia de calidad del aire, como las Directivas 2008/50/CE, 2004/107/CE y 2016/2284/UE, la Comunidad de Madrid ha dado un paso adelante al aprobar, mediante Decreto 140/2017 de 21 de noviembre, el Protocolo Marco de Actuación durante episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) en la Comunidad de Madrid.
El Protocolo divide el territorio en siete zonas a los efectos de realizar las mediciones de la calidad del aire y adoptar actuaciones. Según los resultados de la calidad del aire en
cada una de las áreas de actuación, podrán darse cuatro escenarios de contaminación de menor a mayor intensidad. Para cada escenario se prevén distintas medidas, de forma acumulativa o en cascada, también de menor a mayor intensidad. Dichas medidas se agrupan en cuatro categorías: informativas; promoción del transporte público; restricción del tráfico, excepto ciertos vehículos con distintivo CERO o ECO; y reducción de las emisiones de los sectores productivos.
Estamos ante el Escenario 1 cuando la contaminación se encuentra cercana a los 200 μg/m³ de NO2 durante dos horas consecutivas en dos puntos de medición de una misma zona. En este escenario se adoptarán medidas tanto informativas como de promoción del transporte público, que incluyen, principalmente: el aviso a los responsables políticos de la Comunidad de Madrid, ayuntamientos implicados, organismos relacionados con la salud, medio ambiente y gestión del tráfico; e información a la población sobre los niveles de contaminación y las medidas activadas, además de la difusión de información sobre las alternativas existentes al transporte privado, los aparcamientos ligados al transporte público, etc.
Entramos en Escenario 2 con una contaminación superior a los 200 μg/m³ de NO2 durante dos horas consecutivas en dos puntos de medición de una misma zona. También si el Escenario 1 se repite dos días consecutivos. Se intensifican las medidas informativas previstas para el Escenario 1 incluyendo, mensajes directos y recomendaciones sanitarias a los ciudadanos. Adicionalmente, se incorporan medidas de restricción del tráfico como la limitación de velocidad a 90 km/h, con carácter general, en las vías interurbanas M-40 y M-45.
El Escenario 3 se activa con la repetición de los niveles de contaminación del Escenario 2 durante dos días consecutivos. En este escenario se intensifican todavía más las medidas de promoción del transporte público incluyendo, por ejemplo, la habilitación de carriles-bus provisionales o el refuerzo de determinadas líneas de transporte público. Por otra parte, se incorporan medidas de reducción de emisiones de los sectores productivos, tales como favorecer una mayor flexibilidad de horarios en las administraciones públicas para evitar traslados en hora-punta o restringir el uso de maquinaria especialmente contaminante en obras públicas.
Por último, entramos en Escenario 4 con una contaminación superior al umbral de 400 μg/m³ de NO2 durante tres horas consecutivas en alguna estación de medición. Se mantienen las medidas informativas y de promoción del transporte público de los escenarios anteriores. Dado que se trata del mayor escenario de contaminación posible, se intensifican las restricciones del tráfico de forma sustancial, limitándola velocidad en la mayoría de vías interurbanas -inclusive M-50y se ordena la reducción de emisiones de los sectores productivos, pudiendo limitar temporalmente la producción de las actividades sujetas a Autorización Ambiental Integrada.
Este Protocolo Marco constituye un claro avance en materia medioambiental, quedando pendiente verificar si, en la práctica, las medidas aprobadas tendrán la proporcionalidad y eficiencia que las inspiran, teniendo en cuenta que hasta la fecha no se ha superado el umbral de alerta que implica un riesgo para la salud humana (Escenario 4) en la Comunidad de Madrid.