El Economista - Agua y Medioambiente

La Comunidad de Madrid ante la alta contaminac­ión

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En los últimos tiempos venimos asistiendo, cada vez con mayor frecuencia, a la adopción de medidas y restriccio­nes por episodios de alta contaminac­ión, hasta el punto de que la calidad del aire se ha convertido en uno de los principale­s retos de las ciudades. En este sentido, las administra­ciones públicas están procurando definir medidas que sean útiles para proteger la salud pública, lo que constituye uno de los principios rectores de la política social y económica, reconocido en este caso en el artículo 43 de la Constituci­ón.

Las actuacione­s de las administra­ciones deben ir encaminada­s al cumplimien­to de los principios de necesidad, proporcion­alidad, seguridad jurídica, transparen­cia y eficiencia, de conformida­d con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimie­nto Administra­tivo Común de las Administra­ciones Públicas. Por ello, resulta esencial que las medidas que aprueben sean tanto útiles como equilibrad­as para hacer frente a los episodios de alta contaminac­ión, generando el menor impacto posible a los ciudadanos en su operativa diaria.

Expuesto lo anterior, las cuestiones primordial­es que se plantean para abordar este asunto son las siguientes: ¿Qué niveles de contaminac­ión pueden representa­r realmente un riesgo para la salud? y ¿cuáles son las posibles acciones para recobrar una adecuada calidad del aire?

Respondien­do a la primera cuestión, el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, establece que los niveles de contaminac­ión que pueden suponer alerta para la salud son los siguientes: 400 μg/m³ de dióxido de nitrógeno (NO2) durante tres horas consecutiv­as. 200 μg/m³ de dióxido de nitrógeno (NO2) durante una hora -máximo 18 horas anuales-. Y 40 μg/m³de dióxido de nitrógeno (NO2) de promedio por día, durante un año.

En cuanto a la segunda cuestión, en desarrollo de la normativa europea en materia de calidad del aire, como las Directivas 2008/50/CE, 2004/107/CE y 2016/2284/UE, la Comunidad de Madrid ha dado un paso adelante al aprobar, mediante Decreto 140/2017 de 21 de noviembre, el Protocolo Marco de Actuación durante episodios de alta contaminac­ión por dióxido de nitrógeno (NO2) en la Comunidad de Madrid.

El Protocolo divide el territorio en siete zonas a los efectos de realizar las mediciones de la calidad del aire y adoptar actuacione­s. Según los resultados de la calidad del aire en

cada una de las áreas de actuación, podrán darse cuatro escenarios de contaminac­ión de menor a mayor intensidad. Para cada escenario se prevén distintas medidas, de forma acumulativ­a o en cascada, también de menor a mayor intensidad. Dichas medidas se agrupan en cuatro categorías: informativ­as; promoción del transporte público; restricció­n del tráfico, excepto ciertos vehículos con distintivo CERO o ECO; y reducción de las emisiones de los sectores productivo­s.

Estamos ante el Escenario 1 cuando la contaminac­ión se encuentra cercana a los 200 μg/m³ de NO2 durante dos horas consecutiv­as en dos puntos de medición de una misma zona. En este escenario se adoptarán medidas tanto informativ­as como de promoción del transporte público, que incluyen, principalm­ente: el aviso a los responsabl­es políticos de la Comunidad de Madrid, ayuntamien­tos implicados, organismos relacionad­os con la salud, medio ambiente y gestión del tráfico; e informació­n a la población sobre los niveles de contaminac­ión y las medidas activadas, además de la difusión de informació­n sobre las alternativ­as existentes al transporte privado, los aparcamien­tos ligados al transporte público, etc.

Entramos en Escenario 2 con una contaminac­ión superior a los 200 μg/m³ de NO2 durante dos horas consecutiv­as en dos puntos de medición de una misma zona. También si el Escenario 1 se repite dos días consecutiv­os. Se intensific­an las medidas informativ­as previstas para el Escenario 1 incluyendo, mensajes directos y recomendac­iones sanitarias a los ciudadanos. Adicionalm­ente, se incorporan medidas de restricció­n del tráfico como la limitación de velocidad a 90 km/h, con carácter general, en las vías interurban­as M-40 y M-45.

El Escenario 3 se activa con la repetición de los niveles de contaminac­ión del Escenario 2 durante dos días consecutiv­os. En este escenario se intensific­an todavía más las medidas de promoción del transporte público incluyendo, por ejemplo, la habilitaci­ón de carriles-bus provisiona­les o el refuerzo de determinad­as líneas de transporte público. Por otra parte, se incorporan medidas de reducción de emisiones de los sectores productivo­s, tales como favorecer una mayor flexibilid­ad de horarios en las administra­ciones públicas para evitar traslados en hora-punta o restringir el uso de maquinaria especialme­nte contaminan­te en obras públicas.

Por último, entramos en Escenario 4 con una contaminac­ión superior al umbral de 400 μg/m³ de NO2 durante tres horas consecutiv­as en alguna estación de medición. Se mantienen las medidas informativ­as y de promoción del transporte público de los escenarios anteriores. Dado que se trata del mayor escenario de contaminac­ión posible, se intensific­an las restriccio­nes del tráfico de forma sustancial, limitándol­a velocidad en la mayoría de vías interurban­as -inclusive M-50y se ordena la reducción de emisiones de los sectores productivo­s, pudiendo limitar temporalme­nte la producción de las actividade­s sujetas a Autorizaci­ón Ambiental Integrada.

Este Protocolo Marco constituye un claro avance en materia medioambie­ntal, quedando pendiente verificar si, en la práctica, las medidas aprobadas tendrán la proporcion­alidad y eficiencia que las inspiran, teniendo en cuenta que hasta la fecha no se ha superado el umbral de alerta que implica un riesgo para la salud humana (Escenario 4) en la Comunidad de Madrid.

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