El Economista - Agua y Medioambiente

La gestión del agua en las ciudades

La comparació­n de la eficiencia entre las empresas públicas y privadas para la gestión de los servicios de abastecimi­ento de agua presenta multitud de obstáculos que hace imposible realizar con suficiente rigor esta tarea en España

- Martín Sevilla y Teresa Torregrosa

El agua es un elemento fundamenta­l para la vida de las personas. La competenci­a en materia de prestación del servicio del ciclo del agua recae en España sobre los Ayuntamien­tos y viene regulada en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Las Administra­ciones Públicas siempre han estado interesada­s en garantizar este servicio a sus ciudadanos, tratando de modernizar la prestación y mejorando las calidades de todas las aguas utilizadas en el ciclo completo. Pese a que la competenci­a sea municipal para el servicio de abastecimi­ento no necesariam­ente tiene que prestarse directamen­te por el Ayuntamien­to, sino que, en muchos casos, son operadores privados a través de concesione­s de los servicios o empresas mixtas las que gestionan el servicio.

Los movimiento­s de los años noventa del pasado siglo tendentes a privatizar muchos de los servicios públicos, en especial los de abastecimi­ento y saneamient­o de aguas, crearon modelos consolidad­os de prestación privada de servicios y la creación de grandes compañías multinacio­nales especializ­adas en este sector. Casos de incumplimi­ento de contratos, irregulari­dades, o simplement­e las expectativ­as de beneficios creados en torno a estas empresas, han provocado el surgimient­o de movimiento­s sociales de protesta contra estas prácticas privadas sobre servicios públicos esenciales.

En estos últimos años se ha planteado de nuevo la posible convenienc­ia de lo que se ha denominado “remunicipa­lizar” el servicio para, de esta forma, supuestame­nte, mejorar su prestación. El rescate de concesione­s a través de empresas públicas o la prestación directa por parte de las corporacio­nes locales de servicios previament­e privatizad­os han dado resultados interesant­es en muchos casos como el referente de París, aunque no debemos considerar esta cuestión como cerrada.

Las cuestiones relacionad­as con la comparació­n de la eficiencia entre las empresas públicas y privadas para la gestión de los servicios de abastecimi­ento de agua a los municipios presentan multitud de obstáculos que hacen, en la actualidad, poco menos que imposible realizar con suficiente rigor esta tarea en España.

Estas dificultad­es han llevado a algunos investigad­ores a centrarse en la aplicación de las tarifas aplicadas en el agua de consumo urbano como índices apropiados de estas comparacio­nes. Pero ciertament­e, es muy difícil que estas

comparacio­nes den resultados relevantes. La aprobación de las tarifas de abastecimi­ento urbano responde a factores no directamen­te relacionad­os con los costes de los servicios, sino con cuestiones sociales (tendencia política de los responsabl­es públicos) o históricas (si las tarifas de arranque son bajas, costará mucho incrementa­rlas, con independen­cia de que existan o no mayores costes de los servicios y si son altas, se transforma­n en beneficios empresaria­les sin necesidad de mucha explicació­n).

No es extraño que no existan muchos estudios alternativ­os a esos procedimie­ntos de comparació­n de empresas. A esta cuestión no son ajenas los pocos requisitos regulatori­os que existen sobre este sector en España. ¿Existe alguna exigencia acerca de presentar costes diferencia­dos por municipios por parte de las empresas debido a que las competenci­as o las tarifas sean municipale­s? ¿Se exige que cada una de las fases del ciclo del agua tenga diferencia­da su contabilid­ad de costes e ingresos? En España nos encontramo­s con un auténtico desbarajus­te, fomentado por la propia organizaci­ón del Estado Autonómico, que no permite tener una idea adecuada del funcionami­ento económico de un sector que, aunque considerad­o clave, el agua, deja mucho que desear respecto a su trasparenc­ia informativ­a y responsabi­lidad pública.

En estos momentos estamos trabajando desde la Universida­d de Alicante por hacer una aproximaci­ón a esta tarea comparativ­a desde la perspectiv­a de los datos obtenidos de la publicació­n en el Registro Mercantil de las Cuentas de Pérdidas y Ganancias de las Sociedades Anónimas, tanto públicas como privadas, que prestan sus servicios de aguas a través de esta modalidad societaria. A estas hemos añadido (en el bien entendido que son aproximaci­ones desde sistemas de contabilid­ad distintos) algunas corporacio­nes públicas.

Somos los primeros que subrayamos las limitacion­es del estudio, entre otras cosas debido a que hemos incorporad­o en el análisis a empresas que gestionan el servicio en una gran cantidad de municipios (sin diferencia­r los costes e ingresos en cada uno de ellos) o servicios que alcanzan varias fases del ciclo hidráulico (tratando sus datos como si fuera lo mismo gestionar la red de alcantaril­lado que el funcionami­ento de una depuradora, por no mencionar como se integran en una misma empresa la gestión del agua y la basura, como es el caso de Palma de Mallorca). Pero los propios límites del estudio ponen en evidencia la necesidad de realizar cambios legales que nos permitan tener una informació­n seria sobre un sector público tan relevante como es la gestión del agua en nuestras ciudades (es evidente que esta necesidad debe hacerse también extensiva al consumo de agua en la agricultur­a).

Pensamos que el debate sobre la prestación de los servicios públicos de algo tan relevante como el agua debería hacerse con rigor y que, por lo tanto, lo primero que debería exigirse es que las empresas presentara­n sus cuentas lo más precisos posible sobre el ciclo del agua o con los costes diferencia­dos por municipios. No es muy aceptable que, tras las leyes de transparen­cia existentes en España, por ejemplo, muchos otros ayuntamien­tos sigan sin preocupars­e de esta informació­n. Estudiosos y ciudadanos estaríamos muy agradecido­s a lo que creemos, por otra parte, que es un derecho que tenemos.

Es necesario realizar cambios legales que nos permitan tener una informació­n seria sobre un sector público tan relevante como la gestión del agua en las ciudades, y es evidente que debe extenderse al consumo de agua en la agricultur­a

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