El Economista - Agua y Medioambiente
Fiscalidad ambiental en España: asignatura pendiente
Abogado en Terraqui, despacho de derecho ambiental
El derecho ambiental tiene un marcado carácter económico, cuya aplicación mediante incentivos persigue la mayor eficiencia socioeconómica, preveniendo externalidades tales como la contaminación o el uso de recursos, para alcanzar los objetivos de conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente, de utilización racional de los recursos naturales, así como de protección de la salud de las personas.
Sin embargo, este axioma deja mucho que desear en el sistema fiscal español, dada su exigua contribución a la desincentivación del consumo excesivo de recursos y de la contaminación, mostrándose claramente incapaz de modificar conductas que inciden negativamente sobre el entorno y que generan costes adicionales en el futuro en lo que a saneamiento, gastos sanitarios, etc., se refiere y que se trasladan al conjunto de la sociedad.
En otras palabras, nuestra tributación no contempla de forma suficiente el impacto ambiental de la actividad económica, en clara contravención del principio comunitario de quien contamina paga y, en definitiva, del objetivo de alcanzar un nivel de protección ambiental elevado.
Según la Comisión Europea, la fiscalidad relacionada con el medio ambiente es una de las pocas que, en general, no perjudica al crecimiento, al trasladarse la carga impositiva desde aquello que se quiere estimular -factor trabajo- hacia aquello que se pretende desincentivar -contaminación y uso de recursos-, siendo clave para la descarbonización de la economía y la lucha contra el cambio climático. A pesar de ello, España está lejos de alcanzar el objetivo de la Unión Europea de recaudación del 10 por ciento en impuestos ambientales de los ingresos totales en materia tributaria para el 2020, establecido en 2011 y que supone casi el doble de lo que actualmente se ingresa en el Estado.
En consecuencia, cabe afirmar que en el campo de la tributación ambiental queda mucho por hacer en España, por lo que el recorrido en la materia es amplio. De hecho, actualmente la imposición fiscal ambiental no se dirige a combatir la contaminación o el uso desmedido de recursos naturales, es dispersa y desigual, coexistiendo figuras tributarias a nivel estatal, autonómico y local, siendo necesaria cierta armonización que establezca un criterio sobre lo básico en materia de tributación ambiental para evitar distorsiones, dejando cierta capacidad normativa a las Comunidades
En España actualmente a imposición fiscal ambiental no se dirige a combatir la contaminación o el uso desmedido de recursos naturales, es dispersa y desigual, coexistiendo figuras tributarias a nivel estatal, autonómico y local
Autónomas, y una implantación progresiva para facilitar la adaptación de los sectores más afectados, a fin de obtener beneficios ambientales, económicos y sociales.
En este contexto, las opciones de reforma fiscal ambiental para prevenir y, en su caso, minimizar el coste para la sociedad de reducir la contaminación y el uso de recursos naturales, pasan, a título indicativo y entre otras cuestiones, por:
- Generar un incentivo tendente a la consecución del objetivo ambiental perseguido.
- Tener en cuenta los costes sociales producidos por aquella conducta que incide negativamente sobre el medio ambiente, que deben añadirse al precio del mercado mediante un tributo, cuyo tipo impositivo debería coincidir con el coste marginal de la contaminación o del consumo excesivo de recursos; de este modo, el coste de la protección del medio ambiente ha de ser financiado, al menos en parte, por quienes provocan el riesgo o causan el daño ambiental.
- Coordinar la política de subvenciones y la tributaria para que no se subvencionen actividades gravadas. En España persisten subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, que distorsionan los precios como en el caso los combustibles fósiles, concretamente del diésel, cuyo diferencial con la gasolina no está justificado desde una perspectiva ambiental.
- En el sector de la energía, el impuesto de hidrocarburos - que representa el 74 por ciento de los impuestos sobre la energía y el 61,5 por ciento del total de impuestos ambientales - debería reformarse, incrementándolo y reduciendo ciertos beneficios fiscales existentes. En este misma linea debería operarse en relación al impuesto especial sobre el carbón. En este ámbito, deberían eliminarse supuestos de doble imposición respecto a instalaciones sujetas al régimen de comercio de emisiones que consuman hidrocarburos o carbón. Respecto al impuesto sobre la electricidad debería utilizarse el consumo y no el precio como base imponible del mismo, lo que redundaría en un aumento de la eficiencia.
- En el sector del transporte, desde la perspectiva ambiental del impuesto especial sobre determinados medios de transporte -impuesto de matriculación- solo se aplican unos porcentajes asociados a las emisiones de CO2, por lo que sería deseable que también se gravaran otro tipo de emisiones a la atmósfera; en la misma línea, también debería reflejarse el comportamiento ambiental de los vehículos gravados por el impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica.
- En cuanto a la fiscalidad sobre el agua, actualmente se repercuten, en gran medida, los costes de prestación del servicio en alta y baja, siendo necesaria la creación de una figura tributaria que repercuta la internalización de los costes ambientales, tanto desde un punto cualitativo como cuantitativo del recurso, como de los costes derivados de oportunidades perdidas para otros usuarios por agotamiento de los recursos superior al índice natural de renovación o recuperación.
- En el ámbito de los residuos, al objeto de potenciar su reducción y fomentar su reciclaje, es necesario el desarrollo de impuestos sobre los tratamientos de eliminación y sobre el consumo de productos peligrosos, así como de sistemas de pago por generación. También cabría plantear la creación de un impuesto sobre la extracción de materias primas, al objeto de favorecer el uso de materiales recuperados.
Abogado en Terraqui, despacho de derecho ambiental
En España persisten subvenciones perjudiciales para el medio ambiente, que distorsionan los precios como en el caso del diésel, cuyo diferencial con la gasolina no está justificado desde el punto de vista ambiental