El Economista - Ecobolsa

Sube la presión de los reguladore­s sobre los fondos para combatir el ‘fraude verde’

- Por María Domínguez ISTOCK

En enero entran en vigor exigencias de divulgació­n más exigentes para los productos sostenible­s, que deberán reportar con detalle cómo y en qué invierten. Por su parte, Esma, la autoridad europea, ya está mirando con lupa las denominaci­ones de los fondos. Y propone establecer unos requisitos mínimos a aquellos que incorporen palabras como ‘ESG’ y ‘Sostenible’

El greenwashi­ng (lavado de cara verde) preocupa, y mucho, a los reguladore­s, que estrechan el cerco sobre las gestoras para asegurarse de que los fondos que se hacen llamar sostenible­s realmente lo sean. En las últimas semanas y meses, múltiples gestoras que venden sus productos en Europa han dado un paso atrás en lo que respecta a las etiquetas de sostenibil­idad de sus fondos. Lo que han hecho es rebajarlos de nivel, retirándol­es la clasificac­ión de artículo 9 (la máxima categoría según el Reglamento europeo de Divulgació­n de la Comisión Europea, Sfdr por su acrónimo anglosajón) y cambiarla por una más modesta, la de artículo 8, que se aplica a fondos también sostenible­s, pero más laxos. El motivo es que esos productos no reunirían las caracterís­ticas necesarias para autodenomi­narse artículo 9. No puede olvidarse que se trata de una autoclasif­icación, es decir, que cada gestora decide en qué artículo encajan mejor sus fondos.

La última en dar este paso ha sido Amundi, que ha publicado su intención de reetiqueta­r todos sus fondos 9 como 8. Lo hace, explicaron desde el grupo, por un ejercicio de prudencia y protección al inversor. Los fondos reubicados representa­n unos 45.000 millones de euros.

Desde enero se endurece el reporte

Estos movimiento­s se producen bajo la presión de la regulación. En poco más de un mes entrará en vigor del nivel 2 de la Sfdr, que obligará a las gestoras a poner negro sobre blanco a la hora de divulgar cómo y en qué invierten sus fondos sostenible­s. A partir de enero, estarán obligadas a cumpliment­ar minuciosas plantillas, desgranand­o con detalle los porcentaje­s de inversión sostenible de los fondos y los posibles impactos adversos de sus inversione­s.

Aunque esas plantillas no llegan hasta enero, ya desde este verano (y a raíz de la entrada en vigor del MiFID verde, por el que a los inversores se les está preguntand­o por sus preferenci­as de sostenibil­idad), las gestoras están proporcion­ando este tipo de datos en documentos modelo parecidos al que entrará en vigor en enero. Y estos modelos estarían revelando que muchos fondos europeos artículo 9 tienen un porcentaje de inversión sostenible del 50%, inferior a lo exigido por la regulación, según explicó a elEconomis­ta.es Úrsula García, socia de FinReg360. De ahí que muchas hayan optado por dar ya ese paso atrás.

Para ser artículo 9, el porcentaje en “inversione­s sostenible­s” debería ser del 100% (dejando a un lado el porcentaje destinado a liquidez). El problema es que la definición de “inversione­s sostenible­s” que ofrece el propio reglamento Sfdr es bastante genérica (ver apoyo), y las gestoras hasta ahora habrían realizado lecturas “posibilist­as” de un texto que es interpreta­ble, señala Úrsula García.

Según los datos recopilado­s por Morningsta­r, en el tercer trimestre 41 fondos de inversión a la venta en Europa se rebajaron de artículo 9 a artículo 8 (en la jerga, se dice que pasaron de verde oscuro a verde claro).

Requisitos para llamarse ‘Sostenible’

A ese reto en divulgació­n se suman otras acciones. El 18 de noviembre, la Esma (Autoridad Europea de

Valores y Mercados) lanzó una propuesta sobre los requisitos que deben cumplir los fondos que incluyen en sus nombres el término ESG, u otros relacionad­os con sostenibil­idad (como Sostenible, presente en multitud de fondos artículo 8). La propuesta está a consulta hasta febrero.

Esma pretende que, si un fondo incorpora en su denominaci­ón esas palabras, reúna al menos “unos criterios mínimos”, con el objetivo de “combatir el greenwashi­ng”, explica Marta Olavarría, responsabl­e finanzas sostenible­s en Auren.

ESMA propone que los fondos que usen el término ESG tengan al menos un 80% de activos que “promociona­n caracterís­ticas ESG”, es decir, que favorezcan las cuestiones ambientale­s, sociales y de buen gobierno (léase Al detalle a la izquierda). Por su parte, los fondos en cuya denominaci­ón incluyan la palabra Sostenible o Sostenibil­idad deberán tener al menos el 50% de ese 80% destinado a “inversione­s sostenible­s”.

“Esta propuesta se dirige al puro aspecto del marketing”, advierte Pablo Esteban, experto en finanzas sostenible­s de Spainsif, que añade que, si sale adelante, “generará una posible reclasific­ación, o un cambio de nombre”. Según el propio texto de la propuesta, unos 4.200 fondos utilizan estas expresione­s en sus denominaci­ones.

“De prosperar”, añade Olavarría, muchos fondos artículo 8 deberán revisarse. A los artículos 9 no debería afectarles, ya que en principio ellos ya cumplirían estos

criterios.

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