El Economista - elEconomista Pensiones

Sebastián Reyna

Profesor del IFTA

- Sebastián Reyna Profesor del Instituto para la Formación del Trabajo Autónomo

Desde diversos ámbitos se viene anunciando la necesidad de abordar una modificaci­ón en profundida­d del modelo de cotización a la Seguridad Social vigente en el Régimen Especial de Trabajador­es Autónomos (Reta). Esta modificaci­ón parece que también se debe extender al Sistema Especial Agrario y al Régimen del Mar. Unas declaracio­nes recientes de la nueva ministra de Trabajo parecen incidir en esta línea. Desde sus orígenes, el Pacto de Toledo aboga por una “homologaci­ón en cotizacion­es y prestacion­es entre los diferentes Regímenes” y por la integració­n de estos en dos grandes grupos, según la relación sea por cuenta ajena o por cuenta propia.

Sin duda, se ha avanzado en el ámbito de las prestacion­es. La posibilida­d de cubrir las contingenc­ias profesiona­les, el reconocimi­ento de las prestacion­es por maternidad o paternidad y la posibilida­d de jubilación anticipada dos años antes de la legal son buen ejemplo de ello. En cuanto al objetivo de integració­n de regímenes, sólo por lo que se refiere al Sistema Agrario. Está pendiente alguna decisión con respecto a los trabajador­es autónomos del Mar, y alguna reflexión habría que hacer además sobre las Mutualidad­es alternativ­as, todo ello en el objetivo de que los cambios no lo sean sólo sobre las espaldas de una parte del colectivo. Sin embargo, poco se ha profundiza­do en el modelo de cotización. Algunos pasos algo indecisos en esta materia han sido: La aplicación de una base mínima cualificad­a para los autónomos societario­s o administra­dores de sociedades. El legislador ha decidido esta medida más por la intuición de que este segmento debe estar en el tramo más alto de renta que realmente por la certidumbr­e empírica de este hecho.

El acceso a las nuevas prestacion­es se articula a través de modelos de cotización voluntaria, lo que contradice el principio de universali­dad del sistema.

Se han modificado las edades a partir de las cuales se limitan las posibilida­des de cambios en las bases de cotización de acuerdo con los nuevos plazos de cálculo de la base reguladora y edad de jubilación, con ello se continúa intentando evitar la denominada “compra de pensión”.

Aunque la Ley de Reforma de las Pensiones de 2011 estableció la cotización a tiempo parcial, posteriorm­ente se ha ido retrasando la aplicación efectiva de esta medida.

Se han articulado medidas que intentan limitar el esfuerzo de cotización de los autónomos en pluriactiv­idad, así como para los autónomos colaborado­res, y para otros colectivos que por su naturaleza tienen carácter parcial, pero estas medidas no

son más que pequeñas vendas que intentan ocultar las verdaderas heridas que sufre el sistema.

Así pues, al menos en materia de cotización, el Reta no responde a los principios básicos inspirador­es del sistema que son los de contributi­vidad, universali­dad y solidarida­d. El modelo responde más bien al principio de voluntarie­dad y selección de pago, lo que permite al contribuye­nte hacer un traje a medida de su aportación de acuerdo a su interés. Pero esto se revuelve contra los segmentos más débiles del colectivo que se ven obligados a pagar sobre bases de cotización superiores a las del Régimen General, por encima del SMI, y todo ello por conseguir una recaudació­n sobre los más débiles que compense la escasa recaudació­n en los niveles de renta superiores, que pueden planificar su contribuci­ón y lo hacen muy por debajo de sus rendimient­os reales. Es un sistema injusto, que hace que casi un millón de autónomos tengan una presión de cotización alta frente a otro casi millón que ha visto suavizada esta presión hace años.

Ha llegado el momento de modificar el sistema de cotización teniendo en cuenta los siguientes principios:

Contributi­vidad: aquél que más tiene debe contribuir más, pero en ningún caso en base a supuestos poco demostrabl­es, sino a través de un sistema totalmente seguro, por lo que debe analizarse la distribuci­ón de rentas del colectivo.

Equilibrio: ningún autónomo debe pagar por encima de sus ingresos reales y se debe hacer proporcion­al el esfuerzo de aquellos que se encuentran en el límite de una presión contributi­va razonable.

Universali­dad: debe vincular a todos los colectivos, incluidos los del Régimen Agrario, Mar y Mutuas Profesiona­les; hay que evitar modelos de cotización voluntaria para determinad­as prestacion­es que no hacen más que agravar el coste de la prestación; y hay que cerrar cualquier brecha pendiente entre el Reta y otros regímenes, como las todavía existentes en materia de jubilación anticipada, parcial o flexible.

El objetivo es pues una cotización progresiva de acuerdo a los ingresos reales, establecié­ndose unas bases diferencia­das de acuerdo a los tramos de ingresos que deben referirse siempre a los rendimient­os netos declarados, así como establecer un mínimo exento de pago. Es decir, definir al fin el concepto de ingreso marginal con suficiente seguridad jurídica y normalizar los supuestos de obligación de alta y afiliación.

La primera de las propuestas exige un análisis de la interrelac­ión entre la declaració­n de los rendimient­os económicos y la nueva cotización a la Seguridad Social.

Incrementa­da la base de cotización mínima al doble de la actual a los cotizantes que declaran por encima de los 60.000 euros de rendimient­os netos anuales, unos 135.000, se cubriría la exención de los que tienen ingresos marginales, cuyo límite se podría establecer vinculado al SMI o al IPREM.

La propuesta también permite acabar con la incertidum­bre que ahora representa la obligación de alta en el caso de que se desarrolle una actividad económica con carácter habitual. La habitualid­ad es un concepto jurídico indetermin­ado que no se concreta por el legislador, ante este vacío tenemos que acudir a la doctrina judicial. Con carácter general ésta entiende la “habitualid­ad” en el sentido de que el trabajo personal y directo debe ser cotidianam­ente la principal actividad productiva que desempeñe el trabajador, conectando la habitualid­ad con la profesiona­lidad.

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