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‘UNIT LINKED’: UN AHORRO PARA AUTÓNOMOS
En este tipo de productos el tomador aporta una cantidad de dinero, donde una mínima parte se dedica al pago de la prima por fallecimiento y el grueso es invertido para su capitalización
La enorme represión financiera a la que se ven sometidos los ciudadanos debido al nivel de tipos fijados por los principales bancos centrales ha causado estragos en determinados productos. Uno de los más afectados han sido las pólizas de seguros, donde el interés garantizado en las tradicionales pólizas de seguros ha quedado reducido prácticamente a cero. Este rendimiento, prácticamente nulo, desincentiva a los ciudadanos a contratar las pólizas.
Ante esta situación las compañías de seguro se han volcado en un producto que tenían en sus carteras, pero que parecía no fraguar o al menos no despertaba el interés frente a las tradicionales pólizas con interés asegurado. Se trata de los seguros denominados unit linked que sería algo así como: ligado a una unidad -inversión- de negocio.
Para quien desconozca estos productos cabe decir que son seguros de vida, donde una pequeña parte del dinero que el inversor aporta se destina a cubrir la contingencia de fallecimiento, aquí reside la parte del seguro. Sin embargo, son productos de inversión dado que el resto del capital -prima-, se invierte en una serie de fondos que la compañía aseguradora ofrece al tomador del seguro. En resumen y para clarificar el tomador aporta una cantidad de dinero, donde una mínima parte se dedica al pago de la prima por fallecimiento y el grueso es invertido, normalmente, en fondos de inversión. Estamos por tanto ante un producto híbrido, pero con un fuerte componente de inversión.
Hay que tener muy en cuenta que los fondos son ofrecidos y determinados por las compañías de seguros. No hay por tanto libertad para el cliente en cuanto a decidir los fondos que él quiera, estos están determinados y son totalmente decididos por la compañía de seguros. No, no es un capricho de la aseguradora, sino que la legislación que establece la Dirección General de Seguridad (DGS) así lo impone y lo regla.
Los unit linked son productos tremendamente versátiles pues las aportaciones, prima en lenguaje técnico, pueden ser desembolsadas de una vez, o mediante aportaciones periódicas, incluso extraordinarias; libertad total. Por tanto, la versatilidad es como mínimo prácticamente igual a la de los fondos de inversión, un producto muy popular, aunque es posible que los unit linked no hayan tenido el megáfono o escaparate a los ciudadanos.
A la hora de contemplar la fiscalidad de los seguros unit linked hay que contemplar dos posibilidades. Estas dos posibilidades estriban en que el dinero lo reciba el asegurado o lo perciba otra persona por fallecimiento de éste.
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Es el porcentaje de retención de la aseguradora a la hora del rescate del dinero ahorrado
En el caso de que sea el asegurado, su fiscalidad es como la de cualquier otro producto de inversión, tributando en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Por supuesto se tributa cuando se produce la amortización total o parcial de la póliza, es decir cuando se recupera el dinero. Señalar que nunca se tributa por los movimientos que se hagan entre los fondos incluidos en la póliza unit linked. En el momento de la recuperación al asegurado se le practicará por parte de la aseguradora una retención del 19 por ciento. Posteriormente el tomador deberá realizar su declaración e incluirla en los rendimientos de capital. Como es conocido las primeras ganancias hasta 6.000 euros tributan al 19 por ciento, los siguientes 44.000 euros de rendimientos tributan al 21 por ciento, siendo el gravamen del 23 por ciento para los rendimientos que excedan de los 50.000 euros. Además, como contrato de seguro que es, se puede percibir el capital acumulado en forma de renta vitalicia con lo que ello conlleva de ventaja fiscal.