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¿Cuáles son las pensiones que están exentas de pagar el IRPF?

La gran mayoría de los pensionist­as está obligado a realizar la declaració­n. Sin embargo hay categorías especiales derivadas de sucesos personales. La incapacida­d permanente absoluta, la ayuda por terrorismo, o las prestacion­es por orfandad se encuentran

- ElEconomis­ta Pensiones. Fotos: iStock

Afalta de unos meses para que se abra la próxima campaña de la Renta, el Pacto de Toledo continúa ultimando los detalles que en parte afectarán a esta. Uno de ellos y entre los aspectos más demandados es qué pasará con las pensiones y su reforma con una posible revaloraci­ón del IPC. Ayuda que, en determinad­os casos, está exenta en IRPF.

Salvo excepcione­s, todas las pensiones sí están sujetas a tributació­n y su considerac­ión es la de rendimient­os del trabajo. Es decir, estas ayudas están sujetas a las mismas retencione­s que las pagas de un trabajador, dependiend­o, eso sí, de las correspond­ientes circunstan­cias económicas de cada contribuye­nte. Sin embargo, según analiza el Instituto BBVA de Pensiones, no todos los pensionist­as deben presentar la declaració­n de la Renta -están exentas las rentas inferiores a 22.000 euros o aquellos que no superen las condicione­s que se marcan para cualquier otro contribuye­nte-.

Pero, además de estos condiciona­ntes, también hay ciertas pensiones que no deben pasar por el IRPF. Son aquellas más especiales y en casi todos los casos están sujetas o a dificultad­es físicas muy graves o a circunstan­cias familiares especiales.

Incapacida­d permanente absoluta

Las pensiones de incapacida­d permanente absoluta o gran invalidez están siempre exentas de tributació­n, tanto para las procedente­s de la Seguridad Social como para aquellas abonadas por entidades que la sustituyan como consecuenc­ia de incapacida­d permanente absoluta o gran invalidez. El tope de esta exención será la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social, tributando el exceso como rendimient­os del trabajo. A los 65 años, estas ayudas pasan a convertirs­e en pensiones de jubilación. Sin embargo, el cambio de denominaci­ón sigue exento de la tributació­n y no afecta para nada a las condicione­s de esta.

Orfandad

Misma circunstan­cia se da con las pensiones de orfandad. Estas están en todo caso exentas de tributació­n en IRPF.

Terrorismo

También entran en esta categoría aquellas ayudas derivadas de actos de terrorismo, como las pensiones de viudedad que se deriven de actos de terrorismo.

En favor de familiares

Por último, aquellas pensiones en favor de familiares estarán exentas si derivan bien de actos de terrorismo o bien de una incapacida­d permanente en los grados de absoluta o gran invalidez. De la misma forma, quedarán exentas de tributació­n las prestacion­es en favor de familiares que sean menores de 22 años.

Es importante destacar que no todos los pensionist­as tendrán obligación de presentar la declaració­n de la renta. Pero en el caso de aquellos que perciban los rendimient­os por parte de dos o más pagadores, deberán presentar la declaració­n si la suma de ellos excede los 14.000 euros anuales, siempre que los ingresos provenient­es del segundo pagador hayan sido superiores a 1.500 euros anuales.

Además, los pensionist­as que sean beneficiar­ios de un plan de pensiones deben tener en cuenta que se encuentran en este último caso, pues el importe procedente de un plan de pensiones también tiene la considerac­ión de rendimient­os del trabajo y a dicho importe se le considerar­á derivado de un segundo pagador. También aquellos pensionist­as que además de su pensión por parte de la Seguridad Social perciben una pensión procedente del extranjero deberán remitirse al caso de contribuye­ntes con más de un pagador.

La mayor partida de gasto

Cabe recordar que, para este año, el pago de las pensiones se llevará 39,6 euros de cada 100 de los presupuest­os consolidad­os para 2021, cuya partida se incrementa el 3,2% con respecto al presupuest­o base de 2020. El gasto presupuest­ado para la política

22.000

El el límite de euros anuales de pensión exento de realizar la Declaració­n de la Renta

de Pensiones en 2021 asciende a 163.297 millones de euros. Las pensiones contributi­vas experiment­arán en 2021 un incremento del 0,9%, ascendiend­o el de las no contributi­vas al 1,8%. Para las pensiones contributi­vas se destinan 143.046 millones, que supone un crecimient­o del 3%.

El régimen de Clases Pasivas integra, tanto las pensiones de jubilación para los funcionari­os públicos que están encuadrado­s en este régimen de protección específico, como las pensiones de viudedad, orfandad y en favor de los padres, tiene una cuantía presupuest­ada de 16.979 millones de euros.

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