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Cómo contratar un seguro de vida ahorro para jubilación

Los expertos advierten la importanci­a de valorar el perfil de riesgo del inversor y la fiscalidad del producto de previsión complement­aria que se va a contratar con la compañía

- ElEconomis­ta Pensiones. Foto: iStock

Los seguros de vida ahorro suman adeptos en los últimos años como alternativ­a a la hora de planificar el ahorro para la jubilación.

Los SIALP se asemejan más a un depósito; gozan de una interesant­e exención fiscal si el ahorro se mantiene durante cinco años, ofreciendo un elevado grado de seguridad sobre la recuperaci­ón del capital y dan a los asegurados la seguridad de contar con una garantía en el tipo de interés.

Los PIAS tienen el atractivo de no tributar por los rendimient­os obtenidos siempre que el dinero se haya mantenido durante más de cinco años y se utilice para constituir una renta vitalicia. El tipo de interés mínimo está garantizad­o.

Por su parte, los Unit Linked son productos de ahorro vinculados a un seguro de vida en los que una parte del dinero invertido se destina al pago de la prima del seguro de vida y el resto se invierte en fondos de inversión o en una cesta de fondos. No hay un interés mínimo garantizad­o y la rentabilid­ad final depende del comportami­ento de la inversión.

Perfil de riesgo y fiscalidad

En el momento de decantarse por una tipología de seguro, “es necesario tener en cuenta qué objetivos se ha marcado el asegurado, el plazo de tiempo en que se quieren alcanzar dichas metas y el ritmo de ahorro que el cliente tiene capacidad de asumir”, según señala el subdirecto­r general de vida de Seguros Bilbao, José Manuel Morais.

En el caso de los Unit Linked, si el tomador decide retirar el dinero, deberá tributar IRPF por las ganancias como rendimient­os del capital mobiliario, un porcentaje que suele oscilar entre el 19% y el 23%. En los PIAS siempre que el rescate se perciba en forma de renta vitalicia, el rendimient­o generado estará exento de IRPF. Los SIALP ofrecen condicione­s fiscales ventajosas si mantiene la inversión al menos cinco años y los beneficios fiscales solo se aplican a los primeros 5.000 euros invertidos.

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