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Escrivá defiende la “prestación de brecha de género”
La ‘reforma Escrivá’ y el gasto
En este punto, cabe analizar el impacto presupuestario a futuro de las medidas adoptadas por el Gobierno en el plano de las jubilaciones anticipadas en nuestro país. “Tras analizar los efectos del aumento de la edad efectiva de jubilación de forma genérica se llega a la conclusión de que, en general, se sobrevalora su impacto sobre el gasto en pensiones. Al margen de las medidas concretas que estimulen un aumento de la edad efectiva de jubilación, un aumento motu propio de la edad efectiva sin aumentar la edad legal no tendría efectos relevantes sobre el gasto en pensiones medido en valor actual actuarial”, señalan en un informe sobre la medida los expertos del Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social de la Universidad de Valencia y de la Universidad de Extremadura. Sí es cierto que el año en el que se produce la demora en el acceso a la jubilación hay un ahorro evidente en términos de caja, pero ello se compensará en los ejercicios siguientes.
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, defendió la modificación que aprobó el Gobierno sobre lo que ha denominado la “prestación de brecha de género” en las pensiones, tras conocerse que el Tribunal Supremo ha resuelto que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres.
Escrivá reconoció que todavía no había podido “evaluar la sentencia”, pero ha afirmado que la decisión del Supremo ratifica que el Gobierno debía modificar la norma anterior. “Estaba muy mal diseñada desde el punto de vista jurídico. Esta norma está derogada y sustituida por una nueva prestación de brecha de género mucho mejor técnicamente y mucho más equitativa”, ha añadido el ministro. También ha responsabilizado al Partido Popular “del mal diseño de la norma”, ya que se elaboró durante su Gobierno.
El art 60 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015 reconoció en su redacción original un complemento por maternidad a las mujeres que cumplieran determinados requisitos.