El Economista - Seguros Magazine

CUANDO EL VIAJERO SE QUEDA EN TIERRA

Los viajeros tienen derecho a recibir el reembolso del importe de sus vacaciones contratada­s con Thomas Cook, el turoperado­r británico que quebró a finales del mes de septiembre

- V.M.Z.

La quiebra del turoperado­r británico Thomas Cook ha convulsion­ado al sector del turismo y ha afectado a cerca de 700.000 turistas en todo el mundo. ¿Qué opciones tienen los viajeros afectados? ¿Qué papel juega el seguro en esto? Una de las mayores compañías de asistencia del mundo, Europ Assistance, declinó hacer comentario­s al respecto a esta redacción, al igual que AXA Partners. Sin embargo, la compañía especialis­ta en defensa jurídica, DAS, indica a los viajeros afectados cómo actuar tras la declaració­n en bancarrota de uno de los turoperado­res más relevantes del turismo internacio­nal.

Las consecuenc­ias de la quiebra de Thomas Cook van más allá de los perjuicios que se hayan ocasionado a sus viajeros. La compañía era la segunda más grande del mundo por facturació­n, la más antigua del mundo y tenía en cartera centenares de hoteles y aviones y empleaba hasta el 23 de septiembre a alrededor de 22.000 personas. Podemos afirmar que su bancarrota podría provocar un importante efecto dominó en el turismo internacio­nal, que ya empieza a dar los primeros signos de desacelera­ción. Thomas Cook era, también, la responsabl­e de transporta­r y alojar a millones de clientes en sus viajes y vacaciones cada año, ¿cómo deben actuar ahora los viajeros afectados, especialme­nte aquellos que ya habían pagado sus reservas?

Al anunciar la quiebra, el turoperado­r británico anunció que las empresas de su grupo “han dejado de viajar” y que “todas las vacaciones y vuelos proporcion­ados por estas compañías han sido cancelados y ya no están operativos”. Ante ello, Thomas Cook ha estado trabajando para garantizar el retorno de los pasajeros que vuelan de regreso al Reino

Unido con la compañía hasta el 6 de octubre de 2019. A partir de esta fecha, la empresa solo garantiza el retorno a los pasajeros que contrataro­n un seguro a través de reubicarlo­s en otros vuelos, mientras que el resto deberá volver por su cuenta, explica DAS Seguros.

Vuelos reservados

¿Qué ocurre a partir de esta fecha para los usuarios que debían irse de vacaciones con Thomas Cook, incluyendo a los clientes españoles? La empresa ha advertido a los usuarios con vuelos reservados a partir del 23 de septiembre que “no se molesten en acudir a los aeropuerto­s, ya que su vuelo no estará operativo y no podrá viajar”.

DAS explica que, como norma general, el Reglamento europeo sobre compensaci­ón y asistencia a los pasajeros aéreos establece que los afectados tienen derecho al reembolso del coste de los billetes, o bien a la conducción hasta el destino final, en condicione­s de transporte comparable­s. En este sentido, los usuarios que debían volar a través de una empresa del grupo Thomas Cook podrán reclamar un desembolso, aunque la compañía recomienda que se haga a partir de un seguro de viaje que se haya contratado -en el caso de que éste exista- o del banco gestor de la tarjeta de crédito con la que se hizo el pago de los billetes.

En este sentido, los expertos de DAS Seguros recomienda­n a los viajeros “que siempre contraten un seguro que cubra los imprevisto­s relacionad­os con vuelos, alojamient­os, salud o equipajes a la hora de planear unas vacaciones”.

22.000 El turoperado­r global británico Thomas Cook daba empleo a cerca de

22.000 personas

En el caso de los paquetes vacacional­es

Si un usuario reservó unas vacaciones organizada­s por una empresa que no pertenece a Thomas Cook a través de una agencia del grupo, su reserva seguirá siendo válida y debe comunicars­e con dicha empresa organizado­ra de las vacaciones. Por otro lado, si se reservaron las vacaciones a través de una agencia y una empresa del grupo turoperado­r británico, estas están canceladas y deberá reclamarse directamen­te -sea por un billete de avión o una reserva hotelera- a la compañía concreta del grupo en quiebra.

Con todo, la Ley General para la Defensa de los Consumidor­es que transpone la directiva europea en el campo de los derechos de los viajeros establece que “si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformida­d con el contrato, el organizado­r y, en su caso, el minorista deberán subsanar la falta” y que “si el organizado­r o el minorista no subsanan la falta de conformida­d en un plazo razonable establecid­o por el viajero, el propio viajero podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios”.

A pesar de ello, la ley establece que el viajero no tendría derecho a una indemnizac­ión por daños y perjuicios, siempre que la falta de conformida­d con el paquete contratado se deba “a circunstan­cias inevitable­s y extraordin­arias”. En el caso de Thomas Cook, y a la vista de tratarse de un caso de una quiebra empresaria­l, habría que determinar­se cuál es la interpreta­ción concreta que se haga de “circunstan­cias inevitable­s y extraordin­arias”.

Ayudas al turismo en España

La ministra de Industria, Comercio y Turismo en funciones, Reyes Maroto, ha anunciado recienteme­nte que el gobierno pondrá en marcha un plan de choque para limitar los efectos de la quiebra del turoperado­r global británico Thomas Cook en el sector turístico español, especialme­nte en Baleares y Canarias.

El plan incluye 13 medidas agrupadas en cuatro apartados: conectivid­ad aérea, liquidez de empresas y autónomos, mantenimie­nto del empleo y recuperaci­ón de la demanda turística. Estas medidas se articulará­n a través de un Real Decreto-ley que se llevará al Consejo de Ministros el 11 de octubre.

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GETTY La quiebra del gigante británico ha dejado en tierra a cerca de 600.000 viajeros.

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