El Economista - Seguros Magazine
CUANDO EL VIAJERO SE QUEDA EN TIERRA
Los viajeros tienen derecho a recibir el reembolso del importe de sus vacaciones contratadas con Thomas Cook, el turoperador británico que quebró a finales del mes de septiembre
La quiebra del turoperador británico Thomas Cook ha convulsionado al sector del turismo y ha afectado a cerca de 700.000 turistas en todo el mundo. ¿Qué opciones tienen los viajeros afectados? ¿Qué papel juega el seguro en esto? Una de las mayores compañías de asistencia del mundo, Europ Assistance, declinó hacer comentarios al respecto a esta redacción, al igual que AXA Partners. Sin embargo, la compañía especialista en defensa jurídica, DAS, indica a los viajeros afectados cómo actuar tras la declaración en bancarrota de uno de los turoperadores más relevantes del turismo internacional.
Las consecuencias de la quiebra de Thomas Cook van más allá de los perjuicios que se hayan ocasionado a sus viajeros. La compañía era la segunda más grande del mundo por facturación, la más antigua del mundo y tenía en cartera centenares de hoteles y aviones y empleaba hasta el 23 de septiembre a alrededor de 22.000 personas. Podemos afirmar que su bancarrota podría provocar un importante efecto dominó en el turismo internacional, que ya empieza a dar los primeros signos de desaceleración. Thomas Cook era, también, la responsable de transportar y alojar a millones de clientes en sus viajes y vacaciones cada año, ¿cómo deben actuar ahora los viajeros afectados, especialmente aquellos que ya habían pagado sus reservas?
Al anunciar la quiebra, el turoperador británico anunció que las empresas de su grupo “han dejado de viajar” y que “todas las vacaciones y vuelos proporcionados por estas compañías han sido cancelados y ya no están operativos”. Ante ello, Thomas Cook ha estado trabajando para garantizar el retorno de los pasajeros que vuelan de regreso al Reino
Unido con la compañía hasta el 6 de octubre de 2019. A partir de esta fecha, la empresa solo garantiza el retorno a los pasajeros que contrataron un seguro a través de reubicarlos en otros vuelos, mientras que el resto deberá volver por su cuenta, explica DAS Seguros.
Vuelos reservados
¿Qué ocurre a partir de esta fecha para los usuarios que debían irse de vacaciones con Thomas Cook, incluyendo a los clientes españoles? La empresa ha advertido a los usuarios con vuelos reservados a partir del 23 de septiembre que “no se molesten en acudir a los aeropuertos, ya que su vuelo no estará operativo y no podrá viajar”.
DAS explica que, como norma general, el Reglamento europeo sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos establece que los afectados tienen derecho al reembolso del coste de los billetes, o bien a la conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables. En este sentido, los usuarios que debían volar a través de una empresa del grupo Thomas Cook podrán reclamar un desembolso, aunque la compañía recomienda que se haga a partir de un seguro de viaje que se haya contratado -en el caso de que éste exista- o del banco gestor de la tarjeta de crédito con la que se hizo el pago de los billetes.
En este sentido, los expertos de DAS Seguros recomiendan a los viajeros “que siempre contraten un seguro que cubra los imprevistos relacionados con vuelos, alojamientos, salud o equipajes a la hora de planear unas vacaciones”.
22.000 El turoperador global británico Thomas Cook daba empleo a cerca de
22.000 personas
En el caso de los paquetes vacacionales
Si un usuario reservó unas vacaciones organizadas por una empresa que no pertenece a Thomas Cook a través de una agencia del grupo, su reserva seguirá siendo válida y debe comunicarse con dicha empresa organizadora de las vacaciones. Por otro lado, si se reservaron las vacaciones a través de una agencia y una empresa del grupo turoperador británico, estas están canceladas y deberá reclamarse directamente -sea por un billete de avión o una reserva hotelera- a la compañía concreta del grupo en quiebra.
Con todo, la Ley General para la Defensa de los Consumidores que transpone la directiva europea en el campo de los derechos de los viajeros establece que “si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el contrato, el organizador y, en su caso, el minorista deberán subsanar la falta” y que “si el organizador o el minorista no subsanan la falta de conformidad en un plazo razonable establecido por el viajero, el propio viajero podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios”.
A pesar de ello, la ley establece que el viajero no tendría derecho a una indemnización por daños y perjuicios, siempre que la falta de conformidad con el paquete contratado se deba “a circunstancias inevitables y extraordinarias”. En el caso de Thomas Cook, y a la vista de tratarse de un caso de una quiebra empresarial, habría que determinarse cuál es la interpretación concreta que se haga de “circunstancias inevitables y extraordinarias”.
Ayudas al turismo en España
La ministra de Industria, Comercio y Turismo en funciones, Reyes Maroto, ha anunciado recientemente que el gobierno pondrá en marcha un plan de choque para limitar los efectos de la quiebra del turoperador global británico Thomas Cook en el sector turístico español, especialmente en Baleares y Canarias.
El plan incluye 13 medidas agrupadas en cuatro apartados: conectividad aérea, liquidez de empresas y autónomos, mantenimiento del empleo y recuperación de la demanda turística. Estas medidas se articularán a través de un Real Decreto-ley que se llevará al Consejo de Ministros el 11 de octubre.