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El Gobierno deja fuera al agregador de demanda en la futura normativa sobre mercado de capacidad
El Proyecto de Orden, sometido a información pública, no contempla esta figura. Desde el sector proponen su inclusión como participante activo en este tipo de mercados.
El pasado 20 de abril, el Miteco sometía a información pública el Proyecto de Orden por el que se crea un mercado de capacidad en el sistema eléctrico español, cuyo plazo para presentar alegaciones finalizó el pasado 12 de mayo. La inclusión en la futura normativa de la agregación de la demanda y de la figura del agregador de demanda como participante activo en los mercados de capacidad, ha sido una de las propuestas que asociaciones como ael c, Entre y ACE han incluido en sus alegaciones. Appa Renovables, por su parte, considera que, en el momento actual, no existe la necesidad de crear este mecanismo de capacidad.
La esperada incorporación de instalaciones de producción a partir de renovables en el sistema eléctrico nacional puede acarrear la aparición de ciertos riesgos en la seguridad del suministro de energía, provocados principalmente por la variabilidad e intermitencia de la generación inherente a este tipo de instalaciones, de ahí la necesidad de articular los instrumentos de acompañamiento necesarios que permitan garantizar la seguridad del suministro. A este respecto, se considera imprescindible dotar al sistema eléctrico peninsular español de un mecanismo de capacidad, complementario a los mercados de producción mayoristas, que aporte la necesaria firmeza al sistema eléctrico. La futura regulación, también resultará clave para el cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Almacenamiento Energético aprobada por el Gobierno en febrero pasado, que contempla disponer de una capacidad de almacenamiento total de unos 20 GW en 2030.
El mercado de capacidad propuesto en el Proyecto de Orden, se constituye como un sistema centralizado en el que el operador del sistema (REE) contratará la potencia requerida, que deberá asegurar su disponibilidad en los momentos de mayor estrés para el sistema eléctrico peninsular y que se contratará mediante subastas pay-as-bid. Según el documento, los participantes en estas subastas podrán ser instalaciones de consumidores, de generación o almacenamiento, incluidas las instalaciones de autoconsumo.
La norma prevé dos modalidades de subastas de capacidad: subastas principales, anuales, asociadas a un periodo de prestación de servicio de capacidad de cinco años; y subastas de ajuste, también anuales, asociadas a un periodo de prestación del servicio de 12 meses. Éstas últimas tienen por objeto resolver posibles problemas de cobertura que no vayan a ser cubiertos por medio de la potencia firme asegurada mediante las subastas de capacidad principal. De manera transitoria, y hasta que entre en funcionamiento la potencia firme de la primera subasta principal, se prevé la celebración de subastas extraordinarias de carácter anual.
Este mercado de capacidad deberá cumplir con el principio de neutralidad tecnológica, que permite que tanto la generación como el almacenamiento y la demanda puedan participar en las subastas. La norma, que se revisará cada diez años, crea las ratios de firmeza para evaluar la capacidad de cada tecnología de encontrarse disponible en los momentos de mayor escasez de energía eléctrica y fija un límite máximo de emisiones de CO2 de 550 gr/kWh para las instalaciones de generación existentes participantes en el mecanismo. El Proyecto de Orden regula, asimismo, aspectos relacionados con los derechos y obligaciones de los proveedores del servicio de capacidad, incluido su régimen retributivo o el esquema de penalizaciones en caso de incumplimiento por parte de los sujetos. La normativa también contempla la forma de financiación del mercado de capacidad, que será asumida por todos los consumidores de energía eléctrica y que se establecerá como un término de energía, por segmento tarifario y periodo horario -iguales que los establecidos para los peajes de transporte y distribución y cargos- en función de sus necesidades de firmeza.
A continuación, ofrecemos un resumen de las alegaciones que Appa Renovables, ael c, ACE, Aepibal, BatteryPlat y Entra Agregación y Flexibilidad han remitido al Miteco.