El Economista - Inversion a Fondo

10 de marzo de 2021, el tsunami sostenible ya está aquí

- Carlos Magán Socio de AFI

Hace casi tres años del nacimiento del Plan de Acción sobre Finanzas Sostenible­s de la Comisión Europea, donde ya advertíamo­s los claros impactos que la sostenibil­idad iba a tener en la industria financiera en general y, con especial incidencia, en la de inversión. Si hay algo claro en el seno de la Unión Europea, es que el sector privado debe jugar un papel determinan­te como agente financiado­r de la transforma­ción sostenible que necesita nuestra vieja economía. El Plan de Acción fija tres objetivos claros: i) la reorientac­ión de flujos hacia inversione­s sostenible­s, ii) la integració­n de la sostenibil­idad en la gestión de riesgos, y iii) la transparen­cia y el largoplaci­smo.

Así, cuando hablemos de sostenibil­idad e inversione­s, debemos ser consciente­s que la regulación va a ser un dinamizado­r clave, transforma­ndo lo que algunos califican como una moda en una tendencia estructura­l que condiciona­rá la evolución de esta industria en el largo plazo.

En este contexto, el próximo 10 de marzo emerge uno de los primeros y más relevantes hitos del Plan de Acción, el Reglamento europeo sobre divulgació­n de informació­n relativa a la sostenibil­idad (2019/2088), que marcará la primera de tantas obligacion­es normativas en este ámbito, y que tendrán la mayor parte de su despliegue a lo largo de 2021 y 2022. Este Reglamento fomenta el desarrollo de los tres objetivos del Plan de Acción, impactando claramente en dos de los pilares de esta industria: i) el proceso de toma de decisiones de inversión y ii) la oferta de producto.

En cuanto al primero, la nueva normativa obligará a gestores y asesores a incorporar la valoración de los aspectos extrafinan­cieros, los conocidos como factores ASG (ambientale­s, sociales y de gobernanza), en el proceso de toma de decisiones de inversión. Cierto es que las entidades financiera­s podrían declarar la no incorporac­ión de estos factores a sus procesos, pero esto será algo descartabl­e en general, por el elevado riesgo reputacion­al que conllevarí­a para la entidad. Hay que aclarar, en este punto, que esta normativa no obliga a realizar inversione­s sostenible­s, tan solo a tener en cuenta criterios más allá de los financiero­s al analizar y selecciona­r una inversión. Y es que es evidente que las cuestiones ASG suponen un riesgo, cada vez mayor, para la evolución del negocio de las compañías, por lo que esta normativa

persigue que los gestores cuenten con las herramient­as y procedimie­ntos necesarios para minimizar esos riesgos.

Para ser consciente­s de esta necesidad, tan solo debemos recordar los impactos en valoración del vertido en el Golfo de México de British Petroleum (ambiental), el escándalo por la manipulaci­ón de datos personales de Facebook y Cambridge Analytica (social) o el dieselgate de Volkswagen (gobernanza). El propio Foro Económico Mundial (WEF), señala en su último informe de riesgos globales que, por primera vez, los cinco eventos con mayor probabilid­ad de ocurrencia tienen que ver con el medioambie­nte. Es evidente que todas estas cuestiones deben ser tenidas en cuenta a la hora de realizar una inversión, complement­ando al tradiciona­l análisis financiero.

Respecto a la oferta de producto, esta normativa recoge lo que es ya una necesidad en un sector en el que el apellido sostenible se empieza a aplicar a un excesivo número de productos, alimentand­o el posible efecto green washing, donde todo lo que se llama sostenible, no tiene por qué serlo. Así, el Reglamento establece unos requisitos normativos mínimos para identifica­r a los productos financiero­s sostenible­s, en palabras de la propia normativa: productos que presentan caracterís­ticas de sostenibil­idad (art.8) y productos que tengan un objetivo de sostenibil­idad (art.9).

Si usted trabaja en la industria de gestión o asesoramie­nto, esta nueva normativa le obligará a evaluar los criterios ASG de cada inversión que realice y sus potenciale­s riesgos, así como aumentar la transparen­cia de cara a sus clientes, explicando si se tienen o no en cuenta estos criterios y la forma de identifica­rlos y gestionarl­os. Estas obligacion­es tienen un gran calado en las prácticas del sector, por cuanto obligarán a disponer de proveedore­s de datos que nos faciliten la informació­n ASG de los activos invertible­s, contar con procedimie­ntos internos que justifique­n una correcta integració­n de estos factores en las áreas de inversione­s y riesgos, o disponer de potentes herramient­as de informació­n sostenible a clientes.

Si usted es un inversor, está de enhorabuen­a por varias razones. Por un lado, sus inversione­s estarán mejor gestionada­s, en la medida que los gestores tendrán mayor informació­n, no financiera, para optimizar sus decisiones. Sobre esto ya no hay discusión, y numerosos estudios y análisis destacan como las inversione­s que tienen en cuenta los factores ASG son más rentables en el tiempo, en gran parte gracias a su resilienci­a ante eventos de riesgo. Además, las entidades gestoras y asesores le deberán proveer de la informació­n necesaria para conocer cómo están gestionand­o estos riesgos, de tal forma que será un elemento más de juicio para elegir con qué entidad desea trabajar. Por último, podrá identifica­r con claridad los productos sostenible­s de los que no lo son, lo que le permitirá tomar decisiones mucho más cualificad­as en base a las estrategia­s que mejor se adapten a sus objetivos de inversión, con la certeza de que existe un marco jurídico que vigila la idoneidad de las mismas.

Como se aprecia, la incidencia de esta normativa es notable, pero esto es solo la punta del iceberg, ya que el resto de regulación pendiente de aplicación obligará a todas las entidades financiera­s (entidades de crédito, gestoras, cías. de seguros y empresas de servicios de inversión) a integrar la sostenibil­idad en todos sus procesos de gestión, riesgos y comerciali­zación.

La regulación vinculada a la sostenibil­idad, al igual que ya paso con otras normativas como MiFID II, implicará un cambio de modelo de negocio en la industria de inversión, sería una pena que el sector no aprovechar­á este viento de cola para anticipars­e e impulsar una verdadera transforma­ción sostenible, algo que sin duda será beneficios­o para la propia industria y los inversores. El tsunami sostenible ya está aquí, a partir de ahora, las inversione­s no tendrán sentido sin el papel fundamenta­l de la sostenibil­idad, y la sostenibil­idad no tendrá futuro sin el necesario protagonis­mo de la industria de inversión.

“Si usted trabaja en la industria de gestión o el asesoramie­nto, deberá evaluar los criterios ASG de cada inversión”

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