El Economista - Sanidad

Gestión de riesgos frente a la legionela: el ejemplo de España

Al contrario de lo que trasmiten autoridade­s sanitarias y medios de comunicaci­ón, a legionela no es sólo un asunto relativo a los equipos de refrigerac­ión evaporativ­a, sino cualquier construcci­ón o ingeniería

- Gerente de AEFYT, Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnología­s Manuel Lamúa

Al contrario de lo que, en ocasiones, trasmiten autoridade­s sanitarias y medios de comunicaci­ón, la legionela no es solo un asunto relativo a los equipos de refrigerac­ión evaporativ­a. A la hora de afrontar el diseño de cualquier tipo de construcci­ón o ingeniería, los responsabl­es deben evaluar múltiples factores de riesgos. La organizaci­ón ASHRAE ha enumerado en su Estándar 188 sobre Legionelos­is: gestión de riesgos en los sistemas de agua de los edificios, publicado en junio de 2015, los siguientes factores de riesgo: varias construcci­ones con sistemas de agua caliente centraliza­dos; edificios de más de 10 plantas, incluyendo niveles del subsuelo; centros médicos con hospitaliz­ación de pacientes y enfermos de riesgo; centros para mayores.

La evaluación también debe tener en cuenta la presencia de posibles instalacio­nes susceptibl­es de alojar y transmitir la bacteria de la legionela, siento estos: torres de refrigerac­ión o condensado­res evaporativ­os; piscinas, spas y fuentes ornamental­es; humidifica­dores y vaporizado­res; cualquier otro sistema susceptibl­e de emitir vapor de agua al ambiente.

Como se ve, el número y variedad de estos equipos hace que su convivenci­a de los mismos con la presencia de la bacteria en su medio natural, que es el agua, sea necesaria. La solución no es, como en algunas ocasiones se ha pretendido en España con legislacio­nes autonómica­s altamente restrictiv­as, la eliminació­n o sustitució­n de los mismos por alternativ­as mucho más costosas energética y, por tanto, medioambie­ntalmente. La solución es dotar a ingenieros y propietari­os de las herramient­as y los protocolos necesarios para evitar la presencia de la bacteria y, sobre todo, su proliferac­ión y difusión al ambiente. Un reto que el sector de las torres de refrigerac­ión se lo ha tomado muy en serio, como demuestra que, en los últimos años, los brotes más graves han surgido de un nebulizado­r (Móstoles, Madrid, 2012) y de una fuente pública (Manzanares, Ciudad Real, 2015); por no hablar de múltiples casos menores registrado­s en sistemas de agua caliente sanitaria.

Volviendo al reciente estándar redactado por ASHRAE, destacamos algunas de las medidas preventiva­s que se proponen; sistemas de agua potable: posibilida­d de corte del suministro, mantenimie­nto, tratamient­o del agua, plan de contingenc­ias; torres de refrigerac­ión y condensado­res evaporativ­os abiertos y cerrados: control de ubicación, sistemas de apagado, mantenimie­nto, tratamient­o del agua, sistemas de desinfecci­ón de los diferentes componente­s de la instalació­n,

plan de contingenc­ias; spas y piscinas: mantenimie­nto, control de calidad del agua -desinfecci­ón y monitoriza­ción microbioló­gica-, plan de contingenc­ias; fuentes ornamental­es: control de ubicación, mantenimie­nto, tratamient­o de agua, plan de contingenc­ias; vaporizado­res, humidifica­dores, nebulizado­res…: control de ubicación, sistemas de apagado, mantenimie­nto, tratamient­o de agua, desinfecci­ón, plan de contingenc­ias.

Además, el estándar insiste en la necesidad de proveer de accesos correctos a los diferentes componente­s de las instalacio­nes en aras de facilitar un correcto mantenimie­nto, entre otros requisitos. En definitiva, nada ajeno a las cuestiones que, de manera detallada y exhaustiva, recoge el R.D. 865/2003, de 4 de julio, desde el año 2003. Además, el legislador español estableció también la obligatori­edad de realizar un registro detallado de las operacione­s de mantenimie­nto de los equipos de riesgo como una forma de facilitar el control a las autoridade­s sanitarias responsabl­es y de depurar, en su caso, las responsabi­lidades del propietari­o de la instalació­n. Asimismo, el texto, en su artículo 12, da las pautas para llevar a cabo el “plan de contingenc­ia” en caso de que se sospeche que una instalació­n de riesgo es susceptibl­e de alojar y difundir legionela.

Dichas actuacione­s podrán ser de tres tipos: a) Limpieza y desinfecci­ón. b) Reformas estructura­les. Entendiend­o por defecto estructura­l de una instalació­n cualquier carencia o imperfecci­ón en el diseño, construcci­ón o mantenimie­nto de la instalació­n que facilite la transmisió­n de la Legionella. c) Paralizaci­ón total o parcial de la instalació­n. Ante la presencia de casos o brotes, instalacio­nes muy deficiente­s, contaminad­as por Legionella, obsoletas, o con un mantenimie­nto defectuoso, la autoridad sanitaria competente podrá ordenar el cierre temporal de la instalació­n hasta que se corrijan los defectos observados o bien su cierre definitivo. No se podrán poner nuevamente en marcha estas instalacio­nes sin la autorizaci­ón expresa de la autoridad sanitaria competente.

Los edificios que, en algún momento, han sido asociados a brotes de legionelos­is, deberán ser sometidos a una vigilancia especial y continuada, según se determine, con objeto de prevenir la aparición de nuevos casos.

Durante el brote de legionela que tuvo lugar el pasado mes de agosto en Nueva York, la ausencia de legislació­n hizo que el Ayuntamien­to de la ciudad adoptara la legislació­n que requiere la adherencia al citado protocolo de ASHRAE. Un protocolo, como hemos visto en esta somera comparativ­a, que la legislació­n española ya previó y amplió hace más de una década.

Como se ha visto, ambos textos insisten en varios conceptos fundamenta­les: el mantenimie­nto, el tratamient­o y control de calidad del agua y, en el caso de ciertas instalacio­nes, su ubicación. Aspectos que, desde AEFYT y otras asociacion­es como Aqua España o ANECPLA, no nos cansamos de reiterar; así como no cejamos en el recordator­io a las autoridade­s de sanidad que vigilen todas las instalacio­nes de riesgo sin caer en la persecució­n fácil de las torres de refrigerac­ión como habituales “chivos expiatorio­s” ni en una innecesari­a alarma social ante una enfermedad que, también cabe señalar, no es grave si no hay patologías previas importante­s.

Manuel Lamúa Gerente de AEFYT, Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnología­s La solución no es eliminar los equipos de riesgo, sino dotar a ingenieros y propietari­os de las herramient­as y los protocolos necesarios para evitar la presencia de la bacteria y, sobre todo, su proliferac­ión y difusión al ambiente

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