El Economista - Sanidad

Hay que solucionar la temporalid­ad en la Sanidad y no seguir con parches

Los 170.000 eventuales e interinos que trabajan actualment­e en la sanidad pública española han convertido al sistema sanitario en la mayor empresa de trabajo temporal

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Dos recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han destapado lo que era un secreto a voces: el abuso de la temporalid­ad en la Sanidad española y el trato discrimina­torio entre eventuales y fijos a la hora de percibir la indemnizac­ión por despido o cobrar el complement­o salarial. Aunque los fallos de la Corte de Luxemburgo, con fecha de 14 de septiembre, sólo tienen efecto directo sobre los casos particular­es enjuiciado­s, sí abren la vía judicial al ofrecer munición legal para denunciar los abusos y las penosas condicione­s laborales que arrastran en muchos casos los 170.000 eventuales e interinos que trabajan en la Sanidad pública, y que han convertido el sistema sanitario en “la mayor empresa de trabajo temporal” de España, a juicio de la Organizaci­ón Médica Colegial. En los últimos años, muchos de los contratos temporales en los hospitales públicos han sido utilizados para cubrir interinida­des, puestos de trabajo que correspond­en a una actividad habitual en los centros de trabajo y que no se cubren a través de Ofertas Públicas de Empleo (OPE), debido a los límites en las tasas de reposición establecid­os de manera general para el conjunto de las Administra­ciones Públicas.

Ahora, varias comunidade­s autónomas -al menos Murcia, Andalucía y Madrid- están aprovechan­do la sentencia europea para impulsar nuevas Ofertas Públicas de Empleo (OPE) en Sanidad y recuperar el terreno perdido para ajustarse a la tasa de reposición que permite Hacienda y la ley autonómica de presupuest­os. Sin embargo, el departamen­to que dirige Cristóbal Montoro vigila de cerca este proceso y ha amenazado al Gobierno de Castilla-La Mancha con interponer un recurso si no reduce a la mitad su oferta de empleo público en Sanidad de 669 plazas de nuevo ingreso.

La medida de las autonomías puede considerar­se beneficios­a, ya que la preeminenc­ia de la temporalid­ad en los nuevos puestos de trabajo genera un empleo inestable, que poco contribuye a paliar el déficit de la Seguridad Social. Ahora bien, el aspecto de la igualación de indemnizac­iones sí supone un cambio de gran calado, como demuestra el hecho de que, lejos de limitarse a la actual reforma laboral, exige cambios en el Estatuto de los Trabajador­es. Además, existe la posibilida­d de que los costes del despido se eleven de forma generaliza­da y las compañías prefieran no contratar a verse maniatadas en el futuro.

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