Hay que solucionar la temporalidad en la Sanidad y no seguir con parches
Los 170.000 eventuales e interinos que trabajan actualmente en la sanidad pública española han convertido al sistema sanitario en la mayor empresa de trabajo temporal
Dos recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han destapado lo que era un secreto a voces: el abuso de la temporalidad en la Sanidad española y el trato discriminatorio entre eventuales y fijos a la hora de percibir la indemnización por despido o cobrar el complemento salarial. Aunque los fallos de la Corte de Luxemburgo, con fecha de 14 de septiembre, sólo tienen efecto directo sobre los casos particulares enjuiciados, sí abren la vía judicial al ofrecer munición legal para denunciar los abusos y las penosas condiciones laborales que arrastran en muchos casos los 170.000 eventuales e interinos que trabajan en la Sanidad pública, y que han convertido el sistema sanitario en “la mayor empresa de trabajo temporal” de España, a juicio de la Organización Médica Colegial. En los últimos años, muchos de los contratos temporales en los hospitales públicos han sido utilizados para cubrir interinidades, puestos de trabajo que corresponden a una actividad habitual en los centros de trabajo y que no se cubren a través de Ofertas Públicas de Empleo (OPE), debido a los límites en las tasas de reposición establecidos de manera general para el conjunto de las Administraciones Públicas.
Ahora, varias comunidades autónomas -al menos Murcia, Andalucía y Madrid- están aprovechando la sentencia europea para impulsar nuevas Ofertas Públicas de Empleo (OPE) en Sanidad y recuperar el terreno perdido para ajustarse a la tasa de reposición que permite Hacienda y la ley autonómica de presupuestos. Sin embargo, el departamento que dirige Cristóbal Montoro vigila de cerca este proceso y ha amenazado al Gobierno de Castilla-La Mancha con interponer un recurso si no reduce a la mitad su oferta de empleo público en Sanidad de 669 plazas de nuevo ingreso.
La medida de las autonomías puede considerarse beneficiosa, ya que la preeminencia de la temporalidad en los nuevos puestos de trabajo genera un empleo inestable, que poco contribuye a paliar el déficit de la Seguridad Social. Ahora bien, el aspecto de la igualación de indemnizaciones sí supone un cambio de gran calado, como demuestra el hecho de que, lejos de limitarse a la actual reforma laboral, exige cambios en el Estatuto de los Trabajadores. Además, existe la posibilidad de que los costes del despido se eleven de forma generalizada y las compañías prefieran no contratar a verse maniatadas en el futuro.