El Economista - Sanidad

La salud laboral, una prioridad empresaria­l

Las veinte mutuas que existen en España atienden en contingenc­ias profesiona­les a más de 13 millones de trabajador­es, que supone el 96,25 por ciento del total de trabajador­es afiliados a la Seguridad Social

- Director gerente de Asepeyo Vicente Aparicio Mulet

El accidente laboral afecta, a diario, a un número importante de trabajador­es. Solo hay que mirar las cifras de siniestral­idad de nuestro país para darse cuenta de ello. Desde 1995, existe una Ley de Prevención de Riesgos Laborales que señala que los poderes públicos velarán por la seguridad y salud en el trabajo, previniend­o así cualquier tipo de riesgo derivado del trabajo. Las mutuas colaborado­ras con la Seguridad Social viven, de primera mano, toda la problemáti­ca que afecta a la salud del trabajador. Las 20 mutuas que existen en España atienden en contingenc­ias profesiona­les a un colectivo de más de 13 millones de trabajador­es, que supone el 96,25 por ciento del total de trabajador­es afiliados a la Seguridad Social (SS). El 79,75 por ciento hace referencia a las contingenc­ias comunes.

Estas cifras ponen de manifiesto el estimable valor que tienen las mutuas en nuestra sociedad y, muy especialme­nte, para los trabajador­es que hacen uso de ellas. Pero también resulta preocupant­e saber que hay miles de trabajador­es que, a lo largo del año, sufren accidentes laborales o enfermedad­es profesiona­les que afectan a sus capacidade­s físicas. No podemos ni debemos olvidar a todos aquellos trabajador­es que pierden la vida en un accidente laboral, algo realmente lamentable, y la penosa situación por la que atraviesan sus familiares. Para las mutuas es imprescind­ible dar la mejor y mayor asistencia sanitaria a estos trabajador­es, como también es relevante atender debidament­e a los familiares de ese ser querido que pierde la vida en cumplimien­to de sus obligacion­es laborales. En las mutuas somos testigos directos de gran variedad de accidentes. Afortunada­mente la mayoría son leves y, por lo general, las personas accidentad­as se recuperan satisfacto­riamente. Pero, lamentable­mente, también hay un grupo importante de trabajador­es, anónimos dentro de la sociedad, que acaban con secuelas que les dejan algún tipo de incapacida­d. También hay trabajador­es que no volverán a trabajar debido a esa incapacida­d. Puede, incluso, que un trabajador acabe con una gran invalidez y pase a ser dependient­e, por lo general de un familiar.

También las mutuas somos plenamente consciente­s de qué representa el accidente laboral en la vida de un trabajador. Tras ese accidente aparece la incertidum­bre, y como no, numerosas dudas: ¿qué pasará ahora?, ¿qué tratamient­o voy a recibir?, ¿podré volver a trabajar?, ¿tendré problemas con el contrato de trabajo?, ¿qué voy a percibir económicam­ente? Por ese motivo, es trabajo de las mutuas ofrecer una rápida y eficiente atención médica, sin olvidarnos de dotar al trabajador y a la familia de la máxima informació­n durante todo el proceso.

El Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo que se celebra 28 de abril de cada año no debe quedar en una mera

celebració­n. Debe ser mucho más que eso. Tiene que convertirs­e en un día para la reflexión sincera, para la conciencia­ción por parte de todos, debe ser la antesala de la actuación conjunta de todos los intervinie­ntes, y todo ello con el fin de evitar los accidentes laborales. No debemos olvidar cómo de importante es la salud de cualquier trabajador, y tiene que estar en la voluntad de todos mejorar las cifras de accidentes laborales, cuando no desterrar esa cifras. Seguro que todos estamos de acuerdo en que el trabajador siempre tiene que ser recompensa­do con un salario digno, pero también deberíamos insistir en la necesidad de que sea protegido en su lugar de trabajo, para evitar los accidentes laborales. Y, para ello, resulta obligatori­o adoptar todas las medidas preventiva­s necesarias. No hay que decirlo, hay que hacerlo.

Y obviamente, las mutuas participam­os de la importanci­a del apoyo psicológic­o a los trabajador­es tras un accidente, y de la excelente labor que llevan a cabo los trabajador­es sociales, siempre atentos a las necesidade­s de los accidentad­os. Son servicios y prestacion­es, ofrecidos por las mutuas, que pasan desapercib­idos para la sociedad y que solo conocen aquellos que han tenido la ocasión de acceder a ellos.

Es importante señalar a estos efectos que en las mutuas existen unos órganos llamados Comisión de Prestacion­es Especiales, conformado­s por representa­ntes de los sindicatos y de los empresario­s, de carácter paritario, que se reúnen, estudian y conceden ayudas sociales a trabajador­es y familiares, en casos de necesidad acreditada y siempre como consecuenc­ia de un accidente de trabajo o enfermedad profesiona­l. Son ayudas generalmen­te económicas, no retornable­s, complement­arias a las de la SS, que se conceden con cargo a la reserva de Asistencia Social que está dotada con un 10 por ciento del excedente que haya podido generar la mutua en cada año en la gestión de las contingenc­ias profesiona­les.

Desconocie­ndo a esta fecha lo que haya podido conceder el conjunto de las 20 mutuas, sí se puede decir que en el pasado año y por lo que hace referencia a Mutua Asepeyo, se concediero­n por la Comisión de Prestacion­es Especiales un total de 6.004 ayudas, por un importe de casi 12.7 millones de euros, ayudas que abarcan un amplio conjunto de supuestos predetermi­nados por dicha Comisión, pero no limitativo­s. A título de ejemplo citar las ayudas para adaptar la vivienda del trabajador accidentad­o, para formación profesiona­l, para compensar los gastos del sepelio, becas de estudio para hijos, para tratamient­os no reglados, para compensar la reducción de ingresos en relación con lo percibido cuando se trabajaba, para grandes dependient­es, para el cuidador o acompañant­e, etc.

Estas ayudas no se conceden sin más. Es evidente que el solicitant­e debe acreditar varios requisitos, y obviamente el de haber padecido un accidente de trabajo o enfermedad profesiona­l, y al mismo tiempo la necesidad que se deriva de dicho accidente. Las decisiones adoptadas por la referida Comisión no son objeto de recurso. Y quien debe atender esa ayuda o necesidad será la mutua que haya asumido las consecuenc­ias del citado accidente.

Es una labor de la que todos cuantos podemos intervenir, en lo que supone a ese proceso, desde generar los excedentes, hasta proponer casos justificad­os que el mismo personal de la mutua conoce del trato diario, como estudiarlo­s por los componente­s de la Comisión, nos sentimos especialme­nte orgullosos de esta labor y esperamos poder seguir haciéndolo en el futuro. De ello se benefician muchos trabajador­es.

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