LAS ADJUDICACIONES EN SANIDAD SERÁN SÓLO POR PRECIO
La futura Ley de Contratos del Sector Público primará la oferta más barata, sin criterios cualitativos
El Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público afecta de lleno al sector sanitario, pero se olvida de fijar criterios específicos que valoren la calidad de las compras sanitarias más allá del precio. A pesar de que la sanidad absorbe más de 35 por ciento de las cuentas autonómicas y que cerca de tres de cada 10 euros presupuestados en salud estarán sometidos a esta ley, el texto no recoge ningún dato, criterio cualitativo o condición de contratación pública para medicamentos, tecnología o servicios sanitarios o sociosanitarios que pondere en la adjudicación. Sólo se limita a enumerar una serie de criterios medioambientales y sociales para desempatar entre dos ofertas.
Patronales del sector sanitario como Fenin, que agrupa a los principales fabricantes de tecnología sanitaria, confiaban en que durante la tramitación de la norma los grupos parlamentarios tuviesen la “sensibilidad suficiente” para enmendar un texto que responde a dos directivas europeas de 2014 que debían estar incorporadas al derecho español antes de abril del año pasado. Lo cierto es que ninguna de las 255 enmiendas presentadas por los distintos partidos políticos en el Senado ha recogido esta sensibilidad sanitaria y el texto se encuentra ahora ya en el Congreso para su aprobación definitiva.
El director del Departamento Legal de Fenin, Pablo Crespo, considera que la ley es “una excelente oportunidad para reconocer la calidad asistencial y proteger la sanidad pública”, y también para “comprar mejor y más barato”. Y es que el precio de contratación no puede ser el único factor determinante de la adjudicación, como así se ha reconocido en una sentencia, recuerda este experto, y apunta el propio proyecto en el caso de los servicios sanitarios.
No es lo mismo comprar un equipo de radiología oncológica que pueda medir la dosis exacta de radiaciones ionizantes que recibe el paciente en cada prueba, que adquirir otro equipo que no incluya esta posibilidad o emita el doble de la dosis precisa aunque su precio sea menor. Como tampoco es comparable una forma o vía de administración de un medicamento que facilite la adherencia al tratamiento del paciente que otro que no aporte estas ventajas.
Son ejemplos de lo mucho que hay en juego a la hora de contratar o adquirir tecnologías o fármacos en un momento en que las comunidades autónomas están recuperando su capacidad para financiar la sanidad, después de aplicar un duro recorte de gasto público entre 2010 y 2013, que ha afectado al personal sanitario, pero también a los principales proveedores del sector.
Para Pablo Crespo, “es el momento de recuperar una visión estratégica de la sanidad y de hacer un análisis a medio plazo con el fin de acometer cambios en la gestión y en los procesos asistenciales con el fin de ahorrar al sistema”. Y es que muchas comunidades autónomas han aprovechado la crisis económica para comprar equipos y suministros clínicos con el único criterio de su precio que, a largo plazo, se está demostrando más caro para el sistema y también menos seguro para los pacientes.
Desde Farmaindustria no se echan en falta tanto los criterios objetivos de calidad que reconozcan el componente innovador de los medicamentos sometidos a central de compras, sino sobre todo que se garantice que los lotes de grupos de fármacos sometidos a precios de referencia se conformen por principios activos que sean intercambiables y no por indicaciones terapéuticas. Los laboratorios reconocen las centrales de compra como instrumentos que contribuyen al ahorro, pero quieren evitar acuerdos marco como el planteado por el Gobierno de Canarias el pasado mes de mayo, donde se plantea la adjudicación a un solo licitador y se agrupa en un mismo lote medicamentos biológicos y biosimilares que no son intercambiables. El expediente está ahora recurrido por la propia patronal del sector y hasta cuatro laboratorios, uno de ellos fabricante de genéricos.
La judicialización de los concursos en el sector y la ausencia de unas reglas claras de juego están provocando, por ejemplo, que la tasa de penetración de los nuevos medicamentos biosimilares sea en algunas comunidades autónomas del 60 por ciento, mientras que en otras regiones no alcancen el 12 por ciento, según datos recientes del Ministerio de Sanidad.
Otra petición de la industria farmacéutica que genera polémica es mantener la confidencialidad de los precios de los medicamentos adjudicados por concursos públicos. Su objetivo es que el precio más bajo obtenido por la negociación de un Estado no acabe convirtiéndose en una especie de tarifa plana europea para el medicamento en el resto de países. Es una condición que se respeta en países como Alemania, pero que añade
una opacidad al proceso de contratación que es justo lo que la futura ley quiere combatir. El diferencial de precios, que tenga en cuenta la renta per cápita o las peculiaridades de cada sistema de salud, debería garantizar en la teoría el acceso de la población a los nuevos medicamentos, además de la concurrencia de más operadores.
Compra centralizada de servicios sanitarios
Una de las novedades introducidas es que el proyecto abre la posibilidad de que el Ministerio de Sanidad organice acuerdos marco para la adquisición centralizada de suministros de medicamentos y productos sanitarios, así como de “servicios sanitarios” a escala estatal. Francisco de Paula Rodríguez, director de Estrategia de Medtronic, considera que hay que avanzar en esta dirección hacia modelos de contratación de procesos y resultados, y no de coste de adquisición de dispositivos o tecnología. Lo que las Administraciones licitarían sería una tarifa por el coste de tratar a un paciente diabético o cardiaco a través de un abordaje integral de su tratamiento que tenga en cuenta los resultados en salud obtenidos y se ajuste mediante modelos de riesgo compartido. Una opción de compra innovadora que elimina intermediarios y exige sistemas ágiles de información y un desarrollo legal preciso a través de una futura norma.
En cualquier caso, una impresión compartida en el sector es que se está perdiendo una oportunidad de introducir otro criterio en las compras sanitarias además del precio, cuando el objetivo de la norma es precisamente que el precio deje de ser el factor fundamental de adjudicación.
Desde la Cámara de Comercio de Estados Unidos se han subrayado en un reciente informe las dificultades para desarrollar modelos de compra pública innovadora y compra pública de innovación que faciliten la actualización tecnológica de una sanidad que sufre un grave problema de obsolescencia por falta de renovación de equipos. Además, se reclaman garantías para que los procedimientos de compras centralizadas no penalicen la innovación ni la capacidad de decisión de los médicos.
No obstante, y como subraya el abogado Julio Sánchez Fierro, la ley de contratos “es una oportunidad, pero no la única oportunidad”. Este experto en derecho sanitario y uno de los mejores conocedores de la sanidad española considera que, bien a través de una nueva norma de rango legal o mediante la modificación de una existente, como podría ser la actual Ley de Cohesión y Calidad del SNS, se podría “sintonizar así la sanidad con un modelo de contratación más avanzado y moderno como el que se plantea desde Europa”.
Mayor transparencia
La futura norma sí dotará de mayor transparencia a las compras dentro de un sector donde el Tribunal de Cuentas destapó en 2003 diferencias de precios del 236 por ciento en la compra de los mismos volúmenes de medicamentos por parte de distintos centros hospitalarios de la red pública, aparte de detectar que el 92 por ciento de las adquisiciones de fármacos se realiza al margen de los procedimientos establecidos en la Ley de Contratos del Estado. Para ello está previsto crear una Oficina Independiente de Regulación y Supervisión, que actuará como autoridad de regulación del mercado de la contratación pública, así como un portal de contratación pública. Los contratos además se podrán dividir en lotes con el fin de que puedan acceder empresas más pequeñas. Una de las herramientas para reducir las diferencias de precios son las centrales de compra que el Ministerio de Sanidad quiere potenciar. En la disposición adicional 27 sobre centrales de compra organizadas por el Ministerio de Sanidad, se señala que “se podrá declarar de adquisición centralizada los suministros de medicamentos y productos sanitarios, así como los servicios sanitarios”. Solo en el caso de estos últimos, se apunta la necesidad de garantizar la calidad, la continuidad, la accesibilidad, la asequibilidad, la disponibilidad o la innovación en la prestación del servicio.
“Hay que avanzar en la contratación de resultados, en lugar de en costes de adquisición”