El Gobierno fija las pautas para crear sociedades de forma electrónica
Las empresas podrán constituirse con un solo procedimiento
El Gobierno ha fijado los aspectos que permiten constituir una sociedad de responsabilidad limitada de forma telemática. El Real Decreto, aprobado ayer en el Consejo de Ministros, desarrolla las medidas de la Ley de Emprendedores, cuyo texto ya preveía la constitución de estas sociedades a través del Documento Único Electrónico (DUE), que permite crear empresas con un solo procedimiento.
El Ejecutivo espera, de este modo, reducir los plazos para formalizar la inscripción y “agilizar la actividad económica”. El Gobierno estima que el otorgamiento de la escritura pública se hará efectivo en 12 horas hábiles, y el plazo para la calificación en el Registro Mercantil quedará reducido a seis horas.
El Ejecutivo espera reducir a seis horas el plazo de calificación en el Registro Mercanil
El Real Decreto establece un modelo estandarizado de escritura de constitución y estatutos tipo de las sociedades limitadas. “Esto permitirá a los notarios y a los registradores mercantiles cumplir con los plazos tan reducidos que se manejarán”, indica el Ejecutivo. Agenda notarial La normativa regula, también, la puesta en marcha de la Agenda Electrónica Notarial, que permitirá calendarizar la disponibilidad de los notarios para la firma de las escrituras. De esta manera, los empresarios podrán pedir cita a través de este sistema. La norma prevé que entre en funcionamiento en un plazo de tres meses.
Por otra parte, el Real Decreto establece la creación de la bolsa de denominaciones sociales con reserva. Este registro tiene más de 1.500 denominaciones sociales que podrán consultarse electrónicamente y de forma gratutita. La base de datos estará generada y mantenida por el Registro Mercantil Central, bajo la supervisión del Consejo General del Notariado.