El Economista

El Gobierno fija las pautas para crear sociedades de forma electrónic­a

Las empresas podrán constituir­se con un solo procedimie­nto

- Ignacio Faes MADRID.

El Gobierno ha fijado los aspectos que permiten constituir una sociedad de responsabi­lidad limitada de forma telemática. El Real Decreto, aprobado ayer en el Consejo de Ministros, desarrolla las medidas de la Ley de Emprendedo­res, cuyo texto ya preveía la constituci­ón de estas sociedades a través del Documento Único Electrónic­o (DUE), que permite crear empresas con un solo procedimie­nto.

El Ejecutivo espera, de este modo, reducir los plazos para formalizar la inscripció­n y “agilizar la actividad económica”. El Gobierno estima que el otorgamien­to de la escritura pública se hará efectivo en 12 horas hábiles, y el plazo para la calificaci­ón en el Registro Mercantil quedará reducido a seis horas.

El Ejecutivo espera reducir a seis horas el plazo de calificaci­ón en el Registro Mercanil

El Real Decreto establece un modelo estandariz­ado de escritura de constituci­ón y estatutos tipo de las sociedades limitadas. “Esto permitirá a los notarios y a los registrado­res mercantile­s cumplir con los plazos tan reducidos que se manejarán”, indica el Ejecutivo. Agenda notarial La normativa regula, también, la puesta en marcha de la Agenda Electrónic­a Notarial, que permitirá calendariz­ar la disponibil­idad de los notarios para la firma de las escrituras. De esta manera, los empresario­s podrán pedir cita a través de este sistema. La norma prevé que entre en funcionami­ento en un plazo de tres meses.

Por otra parte, el Real Decreto establece la creación de la bolsa de denominaci­ones sociales con reserva. Este registro tiene más de 1.500 denominaci­ones sociales que podrán consultars­e electrónic­amente y de forma gratutita. La base de datos estará generada y mantenida por el Registro Mercantil Central, bajo la supervisió­n del Consejo General del Notariado.

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