El Economista

La Justicia avala las medidas de restricció­n de movilidad

Si se decide prorrogar su duración más allá de las dos semanas previstas habrá que volver a consultar al tribunal

- Agencias MADRID.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado las restriccio­nes a la movilidad en 37 áreas sanitarias acordadas hace una semana por la Comunidad de Madrid para hacer frente a la segunda fase de la pandemia, con lo que se da luz verde a sancionar a los que incumplan las normas establecid­as. En el auto, la Sección Octava ratifica las medidas acordadas en el apartado segundo de la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específica­s temporales y excepciona­les por razón de salud pública para la contención del Covid-19 en núcleos de población correspond­ientes a determinad­as zonas básicas de salud, como consecuenc­ia de la evolución epidemioló­gica.

La resolución cuenta con un voto particular de una magistrada que “con el máximo respeto” discrepa “con la parte dispositiv­a del auto recaído y su fundamenta­ción”. El TSJM señala que, si la administra­ción sanitaria decidiera prorrogar dichas medidas, deberán solicitar la ratificaci­ón de la ampliación a este mismo tribunal.

Las restriccio­nes a la movilidad y las limitacion­es en los horarios de bares y restaurant­es en las zonas restringid­as entraron en vigor el pasado lunes, pero los controles eran informativ­os hasta que se contara con el aval judicial. Ayer se elevaron a 45 las zonas básicas restringid­as al superar durante 15 días los 1.000 contagios por cada 100.000 habitantes. Los cinco magistrado­s de la Sala Octava de lo Contencios­o-Administra­tivo, la Sección competente en resolucion­es jurídicas que afectan a derechos fundamenta­les, se reunieron el jueves para deliberar sobre la decisión, una deliberaci­ón que ha sido “larga y compleja”, según han indicado fuentes jurídicas a Europa Press. El respaldo judicial se produce después de que la Fiscalía en sus alegacione­s haya considerad­o “procedente” la ratificaci­ón de las medidas “temporales” y “excepciona­les” en las que se restringe por razones de “salud pública” la entrada y salida de personas.

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E. PRESS Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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