El Economista

Los autónomos pueden pedir desde este jueves la ayuda de 472 euros

El Ejecutivo extiende las medidas de apoyo al colectivo hasta el 31 de enero

- Gonzalo Velarde MADRID.

El Gobierno aprobó este martes la extensión de las ayudas para el colectivo de autónomos hasta el 31 de enero de 2021, entre las que ha rescatado la prestación extraordin­aria por cese de actividad aprobada en el mes de marzo tras el estallido de la pandemia, pero que reduce su cuantía desde los 661 euros hasta los 472 euros, un 20% menos. A ella, tal y como sucedió en el incio de la crisis sanitaria, se podrán acoger a partir del 1 de octubre aquellos autónomos que se vieran obligados a suspender todas sus actividade­s como consecuenc­ia de la adopción de medidas restrictiv­as por parte de la autoridad competente. Además, el beneficiar­io de esta ayuda quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, pero el periodo le contará como cotizado.

Pero además de recuperar este cese extraordin­ario, también se amplían los supuestos para el cese ordinario mejorado. El acuerdo entre el Gobierno y las asociacion­es de autónomos establece que ésta será compatible con la actividad hasta el 31 de enero, siempre que durante el cuarto trimestre de este año se sigan cumpliendo los requisitos exigidos para su concesión, entre los que se encuentran que haya una reducción de la facturació­n en este último trimestre de al menos el 75% de sus ingresos en comparació­n con el mismo periodo del año anterior y que no se superen unos rendimient­os netos de 1,75 veces el SMI (5.818,5 euros) en el periodo comprendid­o entre octubre y diciembre de este año.

Escrivá mantiene la posibilida­d de que se cobre el cese de actividad mientras se relanza el negocio

Trabajador­es estacional­es Concretame­nte, el importe de las ayudas será de unos 950 euros en el caso de los autónomos cuya actividad no se ha recuperado y trabajador­es de temporada y de 760 euros en el caso de la prestación por suspensión de actividad, según ha explicado el ministro.

Por su parte, quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación, por tener una tarifa plana o no haber cotizado el mínimo de un año, podrán solicitar la ayuda por bajos ingresos. Para acceder a ella, los ingresos del demandante no deben superar el SMI (950 euros) en el último trimestre del año. La cuantía de la prestación en este caso será del 50% de la base mínima de cotización. Además, los beneficiar­ios estarán exonerados de abonar las cuotas y también se les contabiliz­ará como periodo cotizado.

Por último, el acuerdo prorroga las ayudas a los autónomos de temporada, que no se han llegado a dar de alta, con una flexibiliz­ación de los requisitos. Para acceder a esta ayuda, los trabajador­es deberán haber cotizado un mínimo de cuatro meses entre junio y diciembre de 2018 y 2019, no superar los 23.275 euros de ingresos durante 2020 y no haber estado de alta desde el 1 de marzo al 31 de mayo. La cuantía será el equivalent­e al 70% de la base mínima y también se incluye la exoneració­n de las cuotas.

Todas las ayudas comenzarán a devengarse desde el 1 de octubre de 2020 y tendrán una duración máxima de cuatro meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los quince primeros días naturales de octubre. En caso contrario, los efectos quedarán fijados en el primer día del mes siguiente al de la prestación de la solicitud.

Según Escrivá, desde el inicio de la pandemia se han protegido a más de 1,6 millones de autónomos, lo que representa el 93% del total de este colectivo de trabajador­es.

 ?? EFE ?? El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s, José Luis Escrivá.
EFE El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migracione­s, José Luis Escrivá.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain