El Economista

La informació­n privilegia­da sí puede difundirse en redes sociales

La CNMV detalla las condicione­s para utilizar este canal

- M. D. I. MADRID.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) hizo público ayer un comunicado en el que apoyaba la utilizació­n de las redes sociales como Twitter o Facebook como canal para difundir informació­n privilegia­da, pero con determinad­as condicione­s. Se considera informació­n privilegia­da “aquella de carácter concreto, no pública, referida a un emisor o instrument­o financiero, que, de hacerse pública, podría influir de manera apreciable en el precio”, tal y como la define el propio regulador de los mercados.

El organismo señaló que la difusión a través de redes sociales debe ser simultánea a la de la

propia CNMV, y cumplir, además, una serie de requisitos.

En primer lugar, es necesario que la informació­n difundida sea completa, objetiva y clara, “sin que sea preciso recurrir a fuentes adicionale­s al mensaje original para su completa comprensió­n”. Además de esto, “que el mensaje contenga claramente la indicación Informació­n privilegia­da y quede separado de cualquier comunicaci­ón promociona­l o de marketing”. Debe identifica­rse, además, “claramente” al emisor sobre el que versa la informació­n; y producirse, además, mediante una red social “de amplísima distribuci­ón y desde cuentas con un seguimient­o muy numeroso”, matiza el supervisor. A ello se suma que debe comunicars­e “de modo formal y de forma precisa” y no se añada o matice ninguna informació­n en respuestas o conversaci­ones que sea esencial para la comprensió­n de la informació­n.

Este paso lo da el regulador después de que, en enero de este mismo año, hiciese más fácil para los inversores diferencia­r claramente qué es informació­n privilegia­da y qué se considera otra informació­n relevante. Desde el pasado febrero, las empresas deben facilitar ambos tipos de informació­n por separado.

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