CRIPTOMONEDAS: LA COMISIÓN PONE FIN A LA DIVERGENCIA ENTRE PAÍSES
(Kryptowerte) de Europa en este ámbito.
Hasta ahora, el consenso en la industria de los activos criptográficos es que este Reglamento es un impulso vital para la industria criptográfica europea y que, finalmente, aportará todos los beneficios del mercado único. Hasta la fecha, muchas empresas se han esforzado por navegar por regímenes divergentes y han contemplado la posibilidad de crear puestos locales, cada uno con requisitos onerosos de sustancia y capital. De este modo, el nuevo Reglamento, a primera vista, simplifica las cosas.
Ahora bien, sería sorprendente que no hubiera ninguna crítica al Reglamento; después de todo, los que hemos trabajado con las delicias verbales de los diversos regímenes de la MiFID o del EMIR (European Market Infrastructure Regulation), sabemos que la aplicación de un marco reglamentario paneuropeo tendrá sus dificultades. Estos desafíos residirán principalmente en el nuevo nivel de complejidad. Se trata de una industria que, hasta la fecha, ha sido capaz de mantenerse alerta y alejada de los resplandores de los reglamentos onerosos.
Entonces, ¿qué podemos esperar? Está claro que la Comisión Europea ha recibido instrucciones para regular estrictamente el mercado de stablecoins y creará requisitos prescriptivos -incluida la obligación de capital-, tanto para stablecoins de emisión, como de referencia de activos. Lo más interesante es que los emisores no pueden conceder intereses a los titulares de tokens de dinero electrónico. Además, podemos ver requisitos detallados sobre los CASP (certificación de Profesional de Seguridad Avanzada) para crear salvaguardias prudenciales, políticas de custodia, segregación de activos y ser plenamente responsables de las pérdidas de activos debido a errores del sistema o a ciberataques.
Se espera que el Reglamento sea adoptado en el primer trimestre de 2022, sin embargo, la complejidad en torno a los elementos del mismo deberá ser cubierta en varios actos delegados, y probablemente lo hará entrar en vigor en torno al tercer o cuarto trimestre de 2023.
Esperamos que se produzca un gran debate donde, inevitablemente, habrá ganadores y perdedores. En general, parece positivo, ya que el Reglamento parece adoptar un enfoque tecnológicamente neutro y basado en el riesgo para el negocio de los activos criptográficos; sin embargo, hasta que no veamos los detalles exactos, las empresas europeas que operan en el espacio de los activos criptográficos seguirán estando sujetas a un desordenado rompecabezas de marcos normativos europeos.
Alcanzar un nivel adecuado de complejidad será uno de los grandes desafíos