La Justicia absuelve a Teddy Bautista en el ‘caso SGAE’
La Audiencia Nacional señala que Microgénesis realizó todos los trabajos que le fueron encomendados
El periplo judicial de Eduardo Teddy Bautista ha concluido su primera etapa con una sonora absolución. La semana pasada fue exonerado del delito de administración desleal por la compra de dos teatros (Lope de Vega y Coliseum) y ayer la Audiencia Nacional notificó que absuelve al músico y expresidente de la SGAE del presunto desvío de fondos de la entidad de gestión de derechos de autor.
Unos hechos por los que la Fiscalía Anticorrupción solicitaba penas que iban desde los dos años a los doce años y medio de cárcel por delitos de apropiación indebida, administración desleal, falsedad de documento mercantil y asociación ilícita. Así, además de a Bautista también, la sala también ha absuelto a Enrique Loras García, a Ricardo Azcoaga Quincoces, a José Luis Rodríguez Neri, a Rafael Ramos Díaz, a Celedonio Martín Mateo, a María Antonia García Pombo, a Eva García Pombo, a Elena Vázquez y a Leticia Rodríguez.
El caso juzgado proviene de la conocida como Operación Saga, en la que se señalaba, entre otras cosas que Neri creó una red empresarial encabezada por Microgénesis para desviar fondos de la SGAE a través de la filial digital SDAE al “facturar
a la entidad por trabajos que, en su mayoría, no realizaba”.
La sentencia de la Sección Segunda de la Sala Penal, que se puede recurrir ante el Supremo, explica que la propia SGAE retiró la acusación penal y después la civil al no sentirse perjudicada por estos hechos y que, tras valorar la prueba, no ha quedado acreditado que los acusados actuaran al margen de los órganos sociales de la entidad sino que cumplían y ejecutaban los acuerdos adoptados por aquellos.
En este punto, cabe señalar que la SGAE informó al juzgado que realizó una investigación interna en 2020 con la que “comprobó que los trabajos realizados por Microgénesis fueron realmente efectuados” y que el sistema Teseo se sigue utilizando. Así, explica que las conclusiones del informe forense que realizó EY y que señalaban un posible
“Los acusados cumplieron los acuerdos acordados en los órganos sociales”, dice
fraude “carecen de cualquier criterio y análisis tecnológico y por lo tanto de relevancia técnica”.
En este sentido, la Audiencia coincide en que “queda acreditado que tales trabajos se realizaron, se desarrollaron y se implantaron en la
SGAE, y de hecho al día de hoy siguen siendo utilizados” y que todos los fondos se usaron para pagar los trabajos contratados. En este punto, recuerda que SGAE no tiene obligación de realizar licitaciones y puede contratar a quien quiera.