Revisión cada cinco años de la revalorización con el IPC
El Gobierno y los interlocutores sociales realizarán, en el marco del diálogo social, una evaluación periódica cada cinco años de los efectos de la nueva fórmula de revalorización de las pensiones con el IPC para el mantenimiento del poder adquisitivo, según se recoge en el borrador de acuerdo en materia de pensiones remitido a sindicatos y empresarios.
Esta evaluación de los efectos de la revalorización anual se trasladará al Pacto de Toledo y “contendrá una propuesta de actuación si fuese necesario corregir alguna desviación para preservar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones”, según el texto.
Esta regla adicional, recogida en la reforma de la nueva fórmula de revalorización, tiene el objetivo reforzado de preservar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y garantizar la suficiencia económica de los pensionistas.
El nuevo sistema de revalorización garantizará el mantenimiento del poder adquisitivo a través del incremento de las pensiones el 1 de enero de cada año de acuerdo con la inflación media registrada en el ejercicio anterior. Además, se recoge que en el caso de haber inflación negativa, las pensiones “no sufrirán merma alguna, quedando ese año inalteradas”.
“Esta previsión, unida a las futuras subidas de la pensión máxima durante el período transitorio, servirá para absorber el efecto de la medida para aquellos trabajadores que cotizan por encima de la pensión máxima”, según el texto, que precisa que su aplicación queda condicionada a la determinación posterior de esa senda de subida de la pensión máxima.
Cabe recordar que uno de los puntos que recoge el Ministerio de Seguridad Social es el progresivo incremento de la cotización en rentas superiores a 48.000 euros anuales, lo que irá acompañado de un progresivo aumento de la pensión máxima, topada actualmente en 2.707 euros mensuales. El Gobierno, en el planteamiento expuesto ante la patronal y sindicatos da un plazo de hasta 30 años para acometer este aumento de la base máxima y de la pensión máxima de la Seguridad Social.