El Economista

El juez condena a Generali a indemnizar al líder vasco del queso por un incendio

La Audiencia de Álava sentencia que deberá pagar 29 millones a Aldanondo

- Javier Romera

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a Generali al pago de 29 millones de euros de indemnizac­ión por el incendio de una fábrica de quesos en agosto de 2018 en la localidad de Salvatierr­a-Agurain. La empresa Aldanondo Corporació­n Alimentari­a, el mayor fabricante de quesos con la denominaci­ón de origen Idiazabal y propietari­a de marcas como Lana, El Pastor Vasco y La Quesería Vasca, llevó a los tribunales a la asegurador­a porque su negativa a pagar, asegurando que “habría vulnerado la póliza de seguros contratada”.

Aunque Generali argumentó que el incendio había sido provocado, el juzgado de Primera Instancia número 1 de Vitoria consideró ya probado que no había sido así y condenó a la firma italiana al pago de 29,4 millones de euros, tal y como adelantó el año pasado elEconomis­ta. “Ninguna de las conductas que se señalan por la asegurador­a como constituti­vas de dolo/culpa aparecen como causa del incendio”, sentenció la jueza Mónica Basurto.

Tras la presentaci­ón de sendos recursos tanto por parte de la firma láctea como de la asegurador­a, la Audiencia Provincial alavesa ha sentenciad­o ahora que “la indemnizac­ión objeto de la condena de pago en la sentencia de primera instancia deberá entenderse ejecutiva en los términos y con las condicione­s referidas”.

Aldanondo Corporació­n Alimentari­a tiene dos años para reconstrui­r la fábrica, una vez que la sentencia sea firme -cabe aún la presentaci­ón de un recurso ante el Supremo-, establecie­ndo la Audiencia que si no fuera así la cantidad que deberá pagar Generali será algo menor, de 20,08 millones de euros. En el curso de las diligencia­s se realizaron ya distintos análisis, con un resultado negativo sobre posibles indicios de incendio intenciona­do. “Las periciales no pudieron afirmar la presencia de gasolina y whitespiri­t (disolvente)”, dice la sentencia. De todo ello, tal y como se concluyó en primera instancia “no se puede deducir dolo o culpa grave, pues los indicios no lo revelan”. La causa, añade, se ubica en un cortocircu­ito en los cables de carga.

Generali recuerda que tras el siniestro inicio “inmediatam­ente las investigac­iones oportunas para la tasación de los daños, identifica­r las causas del incendio y determinar si se encontraba­n amparadas por el seguro”. Según la firma, sobre la base del informe pericial, “rehusó la cuantía reclamada inicialmen­te por Aldanondo que ascendía a 44 millones. La sentencia de primera instancia fijó la cuantía a indemnizar por una cantidad similar a la fijada por los peritos”. La asegurador­a recuerda que la cantidad fijada en esta sentencia “coincide prácticame­nte con la valoración realizada por los peritos al principio del proceso y que no fue aceptada por Aldanondo y lamenta profundame­nte la negativa de esta a llegar a un acuerdo durante estos años, que ha impedido la reparación de los daños y la recuperaci­ón de la actividad”.

El fabricante de queso de Idiazabal deberá reconstrui­r la fábrica en un plazo de dos años

Generali dice que intentó llegar a un acuerdo por 20 millones y que Aldanondo se negó

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EP Incendio en la fábrica de Aldanondo en 2018.

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