Trabajo advierte a Uber Eats que debe cumplir la ‘Ley rider’ de forma “radical”
La empresa quiere usar un nuevo modelo de reparto ‘híbrido’ con autónomos
El secretario de Estado de Empleo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, advirtió ayer a las plataformas de reparto de que la conocida como Ley rider debe cumplirse “de manera radical”. El número dos de la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, respondió así a la pretensión de Uber Eats de su intención de contratar a sus trabajadores como autónomos.
La empresa Uber Eats explora un nuevo modelo de reparto a domicilio alternativo e “híbrido” que combine el contrato a terceros –como en la actualidad– con el trabajo con autónomos, a los que recurría antes de la entrada en vigor de la ley, según informaron a Efe fuentes de la empresa. La compañía, que con la Ley rider decidió asociarse con flotas que emplean a repartidores como trabajadores asalariados, ha enviado esta semana una carta a un grupo de repartidores autónomos con los que trabajó antes de agosto de 2021.
En una entrevista en La Sexta, recogida por Ep, Pérez Rey ha recordado que la Ley rider, que entró en vigor hace un año, “está destinada a garantizar los derechos de las personas que reparten” y, por tanto, “no puede haber modelos de negocio que se basen en la explotación y en el incumplimiento sistemático de la normativa laboral”,
“No hay pulsos frente a la ley. El Ministerio de Trabajo va a ser muy firme en la defensa del cumplimiento normativo”, subrayó Pérez Rey, que aprovechó la ocasión para avisar a estas plataformas de que la Inspección de Trabajo “tiene los instrumentos necesarios para exigir responsabilidades y para hacer que se cumpla en toda su dimensión y estrictamente”. Además, extendió la advertencia a los restaurantes, en caso de que también se hagan cargo de estos falsos autónomos. En este sentido, tampoco descartó que los restaurantes “puedan incurrir en responsabilidades tanto salariales como de la Seguridad Social”.
Y recordó que “la propia patronal de hostelería ya avisó de que las prácticas de Glovo podrían hacer incurrir en responsabilidades a los establecimientos. Es obvio que aquellos que usan para sus sistemas de reparto mecanismos que se basan en la vulneración de la ley pueden incurrir en estas responsabilidades”, explicó. Y puntualizó que la Inspección ya está estudiando la cadena de responsabilidades de estos casos “de manera muy rigurosa”.
La Ley rider obliga a las plataformas digitales de reparto, no solo a las de alimentación, a contratar como asalariados a sus repartidores. La ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en 2020.