Los jueces avisan del peligro de ignorar alertas tempranas
Estiman que los auditores son los profesionales con mejor perfil para ser designados expertos en reestructuraciones
Las alertas tempranas van a ser fundamentales en los procesos concursales porque servirán para alertar a los administradores societarios de los peligros de insolvencia que se pueden prever con tiempo para corregirlos y para agravar la responsabilidad de quien no ha hecho caso a las alertas y ha seguido acumulando deudas con su empresa.
Así lo ha explicado Marcos Bermúdez, magistrado del Juzgado nº 1 de Bilbao, en el transcurso de su intervención en el V Congreso Nacional del Registro de Auditores Judiciales y Forenses (RAJ) del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), celebrado en Aranjuez (Madrid), al tiempo que ha destacado la importancia de cumplir con las alertas para evitar la responsabilidad cuando se acuda a las herramientas preconcursales está la comunicación previa del inicio de negociaciones. El cumplimiento de las alertas tempranas va a ser decisivo para evitar que la empresa acabe en liquidación
La nueva ley no incluye el concepto de herramienta de alerta temprana, pero sí que incluye a modo de ejemplo los mecanismos de alerta en caso de que el deudor no haya efectuado determinados tipos de pagos; los servicios de asesoramiento prestados por organismos públicos o privados; y los incentivos, con arreglo a la normativa nacional, para que los terceros que dispongan de información pertinente sobre el deudor, como contables, administraciones tributarias y de seguridad social, adviertan al deudor sobre cualquier evolución negativa.
Gustavo Andrés Martín Martín, magistrado del Registro Mercantil nº 1 de Alicante, señala que “no soy muy optimista con los sistemas de alerta temprana, creo que no va a aportar mucha eficacia”. Y estima que, si bien la norma mantiene la página web de autodiagnóstico, las cuentas de la empresa a través del administrador y el mecanismo de per protección que se ha dado al crédito público, “una situación para mi errónea y cortoplacista de la Administración Pública. Si queremos que el sistema funcione el crédito público debería convertir se en un crédito ordinario”.
Martín Martín considera que la Ley no aporta ningún tipo de incentivo para que se involucre n Hacienda y la Seguridad Social. El problema solo afectará a las medianas y a las pequeñas empresas, porque en el caso de las grandes, el mayor acreedor es la banca y ésta conoce perfectamente el funcionamiento y la situación de la empresa.
La Ley no aporta ningún incentivo para que Hacienda se involucre en los procedimientos