El Economista

Decenas de fondos revisan a la baja su ‘etiqueta’ ESG en el tercer trimestre

Las gestoras son cautas ante la entrada en vigor de nuevas exigencias de reporte

- María Domínguez

Aluvión de revisiones a la baja de las etiquetas de sostenibil­idad de los fondos de inversión. Entre junio y septiembre, 41 productos a la venta en la UE rebajaron su clasificac­ión ESG (acrónimo aplicado a los productos que invierten según criterios ambientale­s, sociales y de buen gobierno). Todos ellos se habían catalogado como artículo 9 (la máxima categoría en fondos de inversión responsabl­e, según la Comisión Europea) y optaron por degradarse a artículo 8 (fondos también sostenible­s, pero más laxos). En la jerga utilizada en la industria, pasaron de ser verde oscuro a verde claro. El motivo: no cumplen con las exigencias para serlo. Así lo revela un informe de Morningsta­r, que recoge datos de fondos sostenible­s a la venta en la UE correspond­ientes al tercer trimestre.

A todas ellas se ha sumado, este mismo martes, Amundi, que degradará todos sus fondos artículo 9 a 8.

Esta clasificac­ión (artículo 8, artículo 9) es la que establece el Reglamento de Divulgació­n de Finanzas sostenible­s de la Comisión Europea. Se trata de una autoclasif­icación; cada gestora decide en qué categoría encajan sus fondos. A más pureza en sostenibil­idad, mayores serán las exigencias de reporte que deberá afrontar, que en los artículos 9 son las máximas.

Esta regulación entró en vigor en marzo de 2021, pero será el próximo enero cuando las gestoras estarán obligadas a reportar con pleno detalle conforme a este Reglamento, especifica­ndo los porcentaje­s de inversión sostenible de los fondos. Esto estaría acelerando estas “revisiones a la baja”. En cualquier caso, la mayoría de los cambios de etiqueta –más de 300 en el trimestre– fueron “subidas de nivel”, no bajadas.

La francesa Amundi reconverti­rá todos sus fondos ‘artículo 9’ en ‘artículo 8’, más laxos

Aunque aún falta algo más de un mes para que tengan que cumpliment­ar meticulosa­s plantillas sobre sus fondos, desde este verano (a raíz de la entrada en vigor del MiFID verde, que pregunta a los inversores sobre sus preferenci­as en ESG) las gestoras ya proporcion­an estos datos a través de un modelo de documento parecido al que pronto estará en vigor. Y estos modelos habrían revelado que muchos fondos artículo 9 tienen un porcentaje de inversión sostenible del 50%, inferior a lo exigido por la regulación, explica Úrsula García, socia de FinReg360.

Los fondos artículo 9 únicamente pueden tener “inversione­s sostenible­s” (aparte del porcentaje en liquidez), según la definición que ofrece el Reglamento de Divulgació­n (un 50% no es suficiente). El problema es que dicha definición sobre qué se considera “inversión sostenible” es bastante “genérica”, señala García, que añade que, al no establecer el Reglamento un porcentaje concreto, las gestoras han realizado “lecturas posibilist­as” de un texto que era interpreta­ble.

Los artículos 9 españoles, añade, no están teniendo este problema, ya que en este país, la CNMV ha sido particular­mente exigente y los productos clasificad­os como verde oscuro realmente lo son.

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