Decenas de fondos revisan a la baja su ‘etiqueta’ ESG en el tercer trimestre
Las gestoras son cautas ante la entrada en vigor de nuevas exigencias de reporte
Aluvión de revisiones a la baja de las etiquetas de sostenibilidad de los fondos de inversión. Entre junio y septiembre, 41 productos a la venta en la UE rebajaron su clasificación ESG (acrónimo aplicado a los productos que invierten según criterios ambientales, sociales y de buen gobierno). Todos ellos se habían catalogado como artículo 9 (la máxima categoría en fondos de inversión responsable, según la Comisión Europea) y optaron por degradarse a artículo 8 (fondos también sostenibles, pero más laxos). En la jerga utilizada en la industria, pasaron de ser verde oscuro a verde claro. El motivo: no cumplen con las exigencias para serlo. Así lo revela un informe de Morningstar, que recoge datos de fondos sostenibles a la venta en la UE correspondientes al tercer trimestre.
A todas ellas se ha sumado, este mismo martes, Amundi, que degradará todos sus fondos artículo 9 a 8.
Esta clasificación (artículo 8, artículo 9) es la que establece el Reglamento de Divulgación de Finanzas sostenibles de la Comisión Europea. Se trata de una autoclasificación; cada gestora decide en qué categoría encajan sus fondos. A más pureza en sostenibilidad, mayores serán las exigencias de reporte que deberá afrontar, que en los artículos 9 son las máximas.
Esta regulación entró en vigor en marzo de 2021, pero será el próximo enero cuando las gestoras estarán obligadas a reportar con pleno detalle conforme a este Reglamento, especificando los porcentajes de inversión sostenible de los fondos. Esto estaría acelerando estas “revisiones a la baja”. En cualquier caso, la mayoría de los cambios de etiqueta –más de 300 en el trimestre– fueron “subidas de nivel”, no bajadas.
La francesa Amundi reconvertirá todos sus fondos ‘artículo 9’ en ‘artículo 8’, más laxos
Aunque aún falta algo más de un mes para que tengan que cumplimentar meticulosas plantillas sobre sus fondos, desde este verano (a raíz de la entrada en vigor del MiFID verde, que pregunta a los inversores sobre sus preferencias en ESG) las gestoras ya proporcionan estos datos a través de un modelo de documento parecido al que pronto estará en vigor. Y estos modelos habrían revelado que muchos fondos artículo 9 tienen un porcentaje de inversión sostenible del 50%, inferior a lo exigido por la regulación, explica Úrsula García, socia de FinReg360.
Los fondos artículo 9 únicamente pueden tener “inversiones sostenibles” (aparte del porcentaje en liquidez), según la definición que ofrece el Reglamento de Divulgación (un 50% no es suficiente). El problema es que dicha definición sobre qué se considera “inversión sostenible” es bastante “genérica”, señala García, que añade que, al no establecer el Reglamento un porcentaje concreto, las gestoras han realizado “lecturas posibilistas” de un texto que era interpretable.
Los artículos 9 españoles, añade, no están teniendo este problema, ya que en este país, la CNMV ha sido particularmente exigente y los productos clasificados como verde oscuro realmente lo son.