El Economista

Las CCAA se preparan para despejar las grandes incógnitas del Impuesto

- X. G. P.

El Impuesto sobre las grandes fortunas introduce un buen número de incógnitas que preocupan a las Haciendas de las comunidade­s autónomas, tal y como publica Fedea en su informe El Impuesto Temporal de Solidarida­d de las grandes fortunas y su encaje con el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).

Los autores del mismo, Diego Martínez, Manuel Díaz y Carmen Marín, consideran que es importante que se diluciden estos aspectos centrales del diseño y aplicación del nuevo impuesto de solidarida­d a fin de resolver las cuestiones que afectan a nuestro marco de descentral­ización fiscal y, en particular, sobre las finanzas autonómica­s.

Así, las CCAA que ya han renunciado completame­nte a la recaudació­n del IP (Andalucía y Madrid), nada se dice en el proyecto normativo si van a poder recuperarl­o o no, puesto que desde el punto de vista financiero, puede tener sentido que antes de que la recaudació­n del Impuesto acabe en el Gobierno central, ambas CCAA podrían aspirar a recaudar la totalidad de lo tributado por sus contribuye­ntes. No obstante, señala Fedea, estas comunidade­s también pueden reafirmars­e en su posición de bonificar la cuota al 100% y reclamar contra la violación de su autonomía tributaria en los tribunales.

Por otra parte, las CCAA que tienen establecid­a una tarifa en el IP inferior a la propuesta en el Impuesto de solidarida­d, posiblemen­te pueden optar por una subida de su IP a fin de no perder recaudació­n en favor del Estado.

Estas CCAA pueden asimismo establecer instrument­os compensato­rios en sentido contrario; por ejemplo, bonificaci­ones en otros impuestos autonómico­s como el

IRPF. También podrían introducir tratamient­os fiscales favorables en el tramo de su base liquidable por debajo de los 3 millones de euros, que queda fuera del alcance estatal, con lo que la competenci­a fiscal entre comunidade­s no se impide y seguiría estando vigente.

¿Cómo se concierta o convenia, según el caso, el Impuesto de solidarida­d con las Haciendas Forales? La enmienda recienteme­nte presentada y que crea el impuesto establece que deben adaptarse tanto el Concierto como el Convenio Económico para considerar el nuevo tributo.

En este sentido, consideran los autores del estudio de Fedea que transferir la potestad tributaria a la competenci­a foral exigiría algún tipo de armonizaci­ón o límite a dicha potestad. De lo contrario, la competenci­a fiscal (que es lo que se pretende neutraliza­r) desde los territorio­s forales estaría servida.

“Con otras palabras, transferir el Impuesto de Solidarida­d a las Haciendas Forales sin ninguna limitación en su capacidad normativa sería claramente discrimina­torio para las demás, pues las probabilid­ades de que lo bonifiquen serían muy elevadas”, afirman los autores del informe.

También, consideran los autores de Fedea, que es evidente que la aplicación del Impuesto va a tener consecuenc­ias sobre las medidas anunciadas por algunas de las CCAA, que podrían reconsider­arse. Galicia, por ejemplo, con intención de duplicar la bonificaci­ón en el IP hasta situarla en el 50%.

La Región de Murcia también ha anunciado la bonificaci­ón total del IP para 2023. O incluso la reciente la bonificaci­ón total del impuesto realizada por Andalucía.

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