Los economistas piden que siga la suspensión de la disolución social
Consideran que la situación económica no es la mejor
El Consejo General de Economistas de España ha reiterado su solicitud al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para que durante este ejercicio continúe manteniéndose, como en los dos ejercicios previos, la suspensión de la obligación de que las sociedades mercantiles convoquen una junta general en plazo de dos meses y acuerden su disolución o insten el concurso cuando sus pérdidas dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, tal y como establece el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital.
Valentín Pich, presidente del Consejo de Economistas de España, ha justificado esta solicitud por “la compleja situación macroeconómica actual, caracterizada por los efectos colaterales de la guerra en Ucrania, alta inflación y escasa velocidad respecto a la aplicación de los fondos Next Generation, lo que deriva en que el crecimiento económico no sea el esperado”.
Hay el precedente de nulidad del cierre por desequilibrio patrimonial en 2008
“En este escenario, las empresas –y, en particular, las pequeñas y medianas– aún no han podido generar los suficientes rendimientos para compensar todas las pérdidas habidas en 2020 y en el 2021, por lo que necesitan un mayor margen de maniobra si no quieren verse abocadas a la disolución, aunque sean perfectamente viables”, ha explicado Pich en el transcurso de su intervención en la Jornada Formativa sobre el Cierre Contable y Fiscal del ejercicio 2022. Así, Pich ha concluido que“si bien esta regla técnica sirve para momentos de cierta estabilidad económica, la norma no está preparada para abordar situaciones tan extremas como las vividas en estos últimos años”. La medida propuesta por los economistas no es la primera vez que se lleva a cabo, pues existen precedentes sobre las decisiones tomadas por el Gobierno en la pasada crisis financiera iniciada en el ejercicio 2008.