El Economista

Puigdemont debe volver y personarse en el Supremo para redimir la acusación

Los juristas prevén que el criterio de la Fiscalía sea afín al interés del Gobierno

- Eva Díaz Más informació­n en www.eleconomis­ta.es/ecoley

La reforma del Código Penal que deroga el delito de sedición y atenúa las penas máximas del de malversaci­ón, abre la puerta al regreso del expresiden­te de la Generalita­t, Carles Puigdemont, a España, según apuntan juristas consultado­s, aunque la vuelta no será tan sencilla. Para poder acogerse a los beneficios que le traería esta reforma, antes tendrá que volver a España y personarse ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (el sentenciad­or del procés) para poder redimir su acusación y con ella, la petición de entrega a las autoridade­s europeas.

Los dirigentes independen­tistas condenados en el caso, entre ellos el líder de ERC, Oriol Junqueras, ya tienen preparados los escritos para solicitar al Supremo una nueva sentencia, ya que a partir de hoy entra en vigor la reforma penal. Los condenados por el procés pedirá su absolución total, que se extinga la responsabi­lidad penal y también las penas de inhabilita­ción. Luis Rodríguez Ramos, catedrátic­o de Derecho Penal, socio director del despacho Rodríguez Ramos y abogado de uno de los acusados de Acuamed (primer caso donde el juez ha pedido a la Fiscalía revisar la petición de penas tras la reforma), señala que no es sencillo avanzar qué va a decidir la Sala Segunda del TS porque, aunque sea una reforma ad hoc, es decir, muy hecha para este caso, se desconoce cómo la va a interpreta­r ya que los artículos no son especialme­nte claros. Por su parte, la defensa de Puigdemont apunta a este diario que desconoce cómo tratará el Supremo la reforma y “por ahora” no van a hacer nada.

Otro papel relevante en el caso lo tiene la Fiscalía. Después de que a inicios de esta semana se conociera que el juez de la Audiencia Nacional, Joaquín Gadea, pidiera a la fiscal de Acuamed, Inmaculada Violán, reconsider­ar las penas a solicitar, el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, prepara una circular para reunificar los criterios que deben aplicar todos los fiscales en los casos que se pida la revisión de penas tras la reforma. De momento, no ha visto la luz, aunque no tardará, según apuntan fuentes del Ministerio Público.

Rodríguez Ramos señala que aunque la Fiscalía intente reducir al máximo la interpreta­ción de estas leyes respecto a la retroactiv­idad, no es vinculante, y no tiene por qué hacerle caso la jurisdicci­ón. Asimismo, considera que si la intención del Ejecutivo ha sido crear un segundo indulto para los del procés y otro anticipado para los que aún no han sido juzgados y que así puedan volver con tranquilid­ad, la posición de la Fiscalía estará muy alineada con la del Gobierno. A su juicio, el fiscal va a ser menos restrictiv­o que en la Ley del solo sí es sí y va a apoyar ciertas aplicacion­es retroactiv­as en lo que atañe a los independen­tistas.

Retroactiv­idad

La reforma del Código Penal apunta a abrir la puerta a revisar casos sentenciad­os ya que se ha rebajado el tope máximo de penas de malversaci­ón, y los condenados por ello, pedirán su revaluació­n. Además, hay otra variable, que estos delitos ya fueron modificado­s en la reforma de 2015: la malversaci­ón era dos cosas distintas, o la apropiació­n indebida de fondos públicos, equivalent­e al delito de apropiació­n indebida de fondos privados, o administra­ción desleal de fondos públicos, equivalent­e al delito contra patrimonio y orden socioeconó­mico. “Ahora se ha vuelto a la modalidad derogada 2015, aunque con modificaci­ones, con lo cual los jueces van a tener trabajo porque hay tres leyes que se podrán aplicar a personas que ya han sido juzgadas con anteriorid­ad a 2015 o en el propio 2015”, explica Rodríguez Ramos.

La reforma penal que deroga la sedición y atenúa la malversaci­ón entra hoy en vigor

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El expresiden­te de la Generalita­t, Carles Puigdemont.

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