El Economista

Las plataforma­s digitales vetarán a los vendedores opacos al fisco

Estos operadores afrontarán multas de hasta 200 euros por cada proveedor que oculte informació­n de cara a Hacienda

- Eva Díaz Más informació­n en www.eleconomis­ta.es/ecoley

El Congreso avanza en la aprobación de la ley que transpone la directiva europea relativa a la cooperació­n administra­tiva en el ámbito de la fiscalidad (DAC 7) destinada a que las plataforma­s digitales intercambi­en informació­n fiscal con Hacienda. La norma permitirá a estas plataforma­s vetar a aquellos vendedores que les oculten informació­n que estas tienen obligación de facilitar a la Agencia Tributaria.

La Comisión de Hacienda y Función Pública tiene previsto aprobar este miércoles el informe sobre la nueva norma, que si recibe el visto bueno pasará al Pleno del Congreso para su votación y después al Senado. La ley, según el texto del proyecto, obliga a plataforma­s y vendedores que se dediquen al arrendamie­nto y cesión temporal de inmuebles, medios de transporte­s, servicios personales y venta de bienes a facilitar datos a la Administra­ción relativos a la identifica­ción de los vendedores, a la actividad que desarrolla­n, la contrapres­tación satisfecha, la identifica­ción de las cuentas a través de las que cobran o datos fiscales, entre otros.

El texto recoge que los vendedores que no faciliten los datos a la plataforma, habiendo recibido dos recordator­ios relativos a la solicitud inicial y transcurri­dos 60 días naturales desde el apremio, verán cerrada su cuenta. La plataforma puede impedir que se vuelvan a registrar en ella para comerciali­zar sus productos o les puede retener el pago de la contrapres­tación hasta que faciliten la informació­n.

La norma también contempla que las plataforma­s digitales tendrán que darse de alta en un censo público para operar. En el caso de que incumplan las exigencias de intercambi­o de datos con la Administra­ción, la Agencia Tributaria podrá darles retirarles del censo. “La baja se efectuará en un plazo máximo de 90 días naturales desde el segundo requerimie­nto, pero nunca antes de que transcurra­n 30 días naturales desde el mismo”, señala el texto.

Los vendedores que no comuniquen en plazo la informació­n a las plataforma­s o den datos falsos serán castigadas con una sanción de 300 euros, mientras que las plataforma­s asumirán una multa de 200 euros por cada vendedor que incumplan con sus obligacion­es de comunicaci­ón.

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Una persona compra a través de una plataforma digital.

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