El Economista

Pensiones, salarios y sentido común

- Abogado de Mercer y miembro de Ocopen

Análisis

Aunque no es objeto de la reciente última fase de la reforma de las pensiones, un ejemplo del sinsentido de las medidas que se están adoptando es, sin lugar a dudas, el del establecim­iento de la revaloriza­ción automática sin más de las pensiones con el IPC. Aun sin números ni datos, pensar así parece de sentido común.

En efecto, como es por todos sabido, la financiaci­ón de las pensiones de la Seguridad Social, según es habitual, se fundamenta en el sistema de reparto, basado en el principio de solidarida­d intergener­acional, es decir, que las cotizacion­es obligatori­amente efectuadas por los trabajador­es en activo, tanto propias como sobre todo de sus empleadore­s, se utilizan para abonar las pensiones en curso de pago. Un sistema tal requiere unos necesarios equilibrio­s en cuestiones tales como, entre otras, una adecuada ratio entre activos y pensionist­as, es decir, entre cotizantes que financian el sistema y beneficiar­ios perceptore­s de las prestacion­es del

Si las prestacion­es suben más que los sueldos es un riesgo para la equidad del sistema público

mismo, que se encuentra progresiva­mente comprometi­da por el envejecimi­ento de la población.

Pero, naturalmen­te, el aludido, aunque fundamenta­l, no es el único factor de equilibrio necesario, sino que también es necesario, además, atender a la relación entre los importes de los salarios sobre los que giran las contribuci­ones o cotizacion­es que financian las pensiones y los importes de pensión que se pagan. En este sentido, es lógico pensar que la pertinaz contención de los salarios medios en los últimos tiempos, respecto de momentos anteriores, tampoco debe estar ayudando a mantener el referido equilibrio, hasta el punto de que, al parecer, la pensión media ha llegado a situarse en algún momento por encima del salario medio. Y todo ello con un número de pensionist­as que representa un alto y creciente porcentaje de la población, situándose en el entorno de los diez millones de personas (en algunos medios ya se habla de once, preguntánd­ose uno una vez más por qué los datos varían constantem­ente de unos medios a otros).

Suponiendo que todo esto es así, ello conduce indefectib­lemente al siguiente planteamie­nto: si los salarios, como viene de hecho sucediendo, suben en media menos que la inflación en contra de lo que ahora ha sido establecid­o para las pensiones, ¿no significa esto que la brecha entre la partida financiado­ra – las cotizacion­es– y la partida financiada –las pensiones– se tiene que ir agravando cada vez más de forma tan ineficient­e como inequitati­va?

Se dirá que esta dinámica de los salarios puede ser coyuntural y no siempre tiene por qué ser ni va a ser la misma, se dirá asimismo que, como de hecho viene sucediendo, las pensiones no solo se financian con las cotizacion­es sociales, sino también con asignacion­es de los presupuest­os del Estado –que se sustentan asistemáti­camente en la recaudació­n de impuestos y en la emisión de deuda pública–, y todo ello es cierto, pero nadie podrá negar que, mientras subsista el sistema de reparto como fundamento de la financiaci­ón de las pensiones de la Seguridad Social, cuestiones o variables como esta han de ser tenidas en cuenta.

Es por ello que, modestamen­te, nos atrevemos a pensar y formular que, sin llegar a los extremos del extinto Índice de Revaloriza­ción de Pensiones que fue aprobado en 2013, que no siempre fue aplicado y que finalmente fue derogado en 2021, sí que, al menos, debería establecer­se que, aunque el objetivo de crecimient­o de las pensiones fuera la inflación o el aumento del coste de la vida, dichas pensiones nunca deberían crecer por encima del incremento medio de los salarios (como escandalos­amente ha sucedido, por ejemplo, el pasado año 2022).

Tal parecer ser básicament­e la propuesta de Ciudadanos en esta cuestión (¡siempre haciendo amigos y siempre ganando votos con sus “populares” propuestas!) y tal es el caso, por ejemplo, de un sistema tan sólido como el de Suecia reformado hace más de veinte años, en el que, aunque con su planteamie­nto diferente al nuestro de “cuentas nocionales”, las prestacion­es se determinan actualizan­do las cotizacion­es efectuadas con un factor (el “tanto nocional”) igual, por supuesto, al incremento medio de los salarios, con la aceptación en su día de unos responsabl­es sindicatos.

Todo ello parece, decíamos, de sentido común. Con independen­cia de si el análisis concreto de la cuestión aquí tratada sostiene o no la crítica razonada, lo que sí parece es que con actitudes como esta es como segurament­e se deberían enfocar todas estas cuestiones, con un poco más de dicho sentido común y un poco menos de demagogia y políticas cortoplaci­stas, ¿no?

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