El Economista

La Justicia intensific­a las indemnizac­iones por las tareas del hogar tras el divorcio

Uno de los últimos fallos otorga a la mujer 200.000 euros por 25 años de labores

- Jorge Velasco Más informació­n en www.eleconomis­ta.es/ecoley

La Justicia ha intensific­ado en los últimos meses las sentencias que, en caso de divorcio, otorgan a las mujeres una indemnizac­ión económica a cargo de su exmarido como compensaci­ón por haberse dedicado a las tareas del hogar o al cuidado de los hijos durante el tiempo que ha durado el matrimonio si no han realizado trabajados fuera del ambiente doméstico. Es importante señalar que los trabajos realizados para la casa se hacen de forma gratuita durante el matrimonio, pero una vez que la relación conyugal está disuelta, las mujeres pueden pedir una compensaci­ón en proporción al cuidado del hogar y de la familia.

El último caso lo falló el Tribunal Supremo en una sentencia fechada a 22 de marzo, en la que estimó que los cónyuges solo podrán percibir una indemnizac­ión si se han dedicado únicamente a las tareas domésticas. Este es uno de los requisitos clave para el acceso a la indemnizac­ión. De tal manera que se entiende que las tareas domésticas tienen que tener una dedicación exclusiva y no excluyente.

Limitada trayectori­a laboral

El hecho de que una mujer dedique todo su tiempo al cuidado del hogar eclipsa toda posibilida­d de tener una trayectori­a laboral en comparació­n del crecimient­o y explotació­n que acumula su pareja e impide compatibil­izar el cuidado de la casa y la familia con la realizació­n de un trabajo fuera del hogar, a tiempo parcial o en jornada completa, según el Alto Tribunal.

Uno de los últimos casos con un mayor volumen de indemnizac­ión lo falló el Juzgado de Primera Instancia de Málaga y estimó una compensaci­ón de 204.600 euros a una mujer que se dedicó a las labores de la casa durante los 25 años que duró el matrimonio. La sentencia argumentó que el cuidado del hogar y los hijos le impidió desarrolla­r su carrera profesiona­l, mientras su marido sí lo hizo.

Por otro lado, la Audiencia Provincial de Pontevedra, en una sentencia de noviembre de 2022, recoge que las mujeres que hayan trabajado, a su vez, en una empresa familiar también tienen derecho a percibir la indemnizac­ión dentro del marco de trabajo doméstico. El fallo otorgó a la mujer una compensaci­ón de casi 35.000 euros por todo el tiempo que estuvo trabajando con su suegra en una empresa familiar al entender que dicho trabajo atiende al sostenimie­nto de las cargas del matrimonio y debe integrarse al trabajo doméstico.

En otro caso de diciembre de 2022, el Supremo determinó que la indemnizac­ión por despido también en una renta ganancial en el divorcio. El tribunal ratificó que los cónyuges pueden recibir parte de esa cuantía por despido siempre que el contrato de trabajo se haya desarrolla­do durante el matrimonio porque “tiene la misma considerac­ión que todas las demás ganancias conyugales”. De esta forma, los cónyuges tienen otra forma de obtener una indemnizac­ión tras el divorcio.

Cálculo de la indemnizac­ión

El artículo 1438 del Código Civil establece que el trabajo para la casa será computado como contribuci­ón a las cargas y dará derecho a obtener una compensaci­ón que el juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación.

Los criterios para calcular cuánto correspond­e percibir al cónyuge, según han marcado los distintos fallos, irán orientados al Salario Mínimo Interprofe­sional (SMI), la duración del matrimonio, el tiempo que se ha dedicado a las tareas del hogar y la renta económica percibida por el cónyuge que ha trabajado.

Los jueces valoran la dedicación exclusiva al hogar mientras la pareja desarrolla­ba su carrera

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ISTOCK Una mujer con un carro de la compra por la calle.

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