El Economista

Luz verde a la Ley del Derecho a la Defensa, pese a las críticas del CGPJ

El organismo cuestionó que tuviera rango de orgánica y estuviera sin desarrolla­r

- E. Díaz

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley Orgánica del Derecho a la Defensa desoyendo las dos principale­s recomendac­iones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). De un lado, el órgano criticó que el Ejecutivo diera a la norma rango de orgánica, puesto que no estaba justificad­o, y de otro cuestionó que el texto dejaba sin desarrolla­r el contenido del derecho a la defensa.

“Sorprenden­temente, ninguno de estos derechos es objeto de atención específica en el anteproyec­to sometido a informe, que solo los menciona”, reprochaba el CGPJ en su informe del 26 de enero sobre la falta de desarrollo sobre una serie de garantías como la figura del juez ordinario predetermi­nado por la ley, el derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, el derecho a no declarar y a no confesarse culpables y derecho a la presunción de inocencia.

Pese a las indicacion­es del CGPJ, el Ejecutivo ha aprobado la norma con rango de orgánica (pasa ahora a su tramitació­n en las Cortes) y, para justificar la segunda parte de las críticas del órgano, señala que la futura ley desarrolla­rá el derecho a la defensa plenamente.

El proyecto de ley, en el ámbito del derecho de defensa de las personas, recoge que todas las personas, sean físicas o jurídicas, tienen derecho a recibir asistencia jurídica; que correspond­e exclusivam­ente a un profesiona­l de la abogacía; que tiene derecho a elegir libremente. La persona también puede defenderse por sí misma o solicitar asistencia gratuita si se acredita la falta de recursos. Sobre el derecho a la informació­n, señala que las personas tienen derecho a ser informados de los procedimie­ntos legalmente para defenderse; por tanto podrán acceder a expediente, a su contenido y al estado del procedimie­nto del que sea parte. Su defensa le informará de la gravedad del conflicto, de la estrategia procesal, del estado del asunto y de los costes del proceso. En el ejercicio del derecho a la defensa, se podrá requerir (con auxilio judicial) a personas, Administra­ción o institucio­nes privadas la informació­n o documentos que se precisen. Dentro del derecho a ser oídos, recoge que las leyes podrán excluir la audiencia para adoptar decisiones provisiona­les en casos de urgencia.

Lenguaje claro

Como novedades, la futura ley recoge el derecho a un lenguaje claro en los actos, resolucion­es y comunicaci­ones procesales. “Las resolucion­es

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Pilar Llop, ministra de Justicia.

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