Un 20% más de pensión por alargar la jubilación diez años
Los trabajadores que demoren su jubilación más allá de la edad legal y causen pensión a partir de este jueves, 18 de mayo, podrán combinar los dos tipos de incentivos que abona la Seguridad Social por el retraso voluntario de la jubilación. Uno de los supuestos más beneficiosos para el futuro jubilado se daría en el supuesto de atrasar diez años su retiro, cuando recibiría una bonificación del 20% de su prestación. Supone la culminación de los cambios en la llamada jubilación demorada que se pusieron en marcha con la reforma de pensiones de 2021.
Estos dos incentivos, establecidos en la reforma de pensiones de 2021, consisten en un 4% adicional sobre la cuantía de la pensión correspondiente o un pago único.
Hasta ahora, solo se podía elegir una de estas dos opciones a elección del interesado, pero el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros un Real Decreto que permitirá combinar ambas medidas, según informa Europa Press.
La norma, que entrará en vigor hoy tras ser publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), supone la culminación de los cambios en la llamada jubilación demorada que se pusieron en marcha con la reforma de pensiones de 2021.
El objetivo es acercar la edad efectiva de jubilación, que está en 64,8 años en la actualidad, a la edad legal, que en 2027 llegará a 67 años. España es uno de los países europeos con menor tasa de actividad por encima de los 65 años.
Solo el 5% de los trabajadores demora su jubilación, la mitad que en Europa, siendo este indicador clave, según el Ministerio, para generar mayores ingresos durante las próximas décadas. Los datos del Ministerio correspondientes a 2022 recogen que el 5,4% de las altas de jubilación eran demoradas, y en el primer trimestre del año es el 7,8%. Una de cada dos jubilaciones demoradas retrasa el acceso a la jubilación un año, mientras que una de cada cuatro lo aplaza más de tres años.
Si se retrasa 11 años o más la jubilación, el incentivo será de un pago único aplicado a cinco años del periodo demorado y un incremento del 2% de la pensión por cada año de demora.