La defensa del cliente financiero “infringe” la Constitución
A juicio del Instituto de Estudios Empresariales, un claro ejemplo de normativa que limita la libertad de empresa lo constituye el proyecto de Ley que pretendía crear la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, que la reciente convocatoria de elecciones generales en España para el 23 de julio de 2023 y la consiguiente disolución del Parlamento, “afortunadamente, han hecho decaer”.
El IEE aclara que la iniciativa infringe el derecho constitucional de libertad de empresa, recogido en nuestra Constitución, en su artículo 38, ya que la obligatoriedad de utilizar este mecanismo de resolución de conflictos, junto con la exclusión de la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria competente por razón de la materia ( jurisdicción civil o mercantil), así como la falta de equilibrio entre las partes a la hora de financiar la Autoridad, alejan la normativa contenida en el Proyecto de Ley de los principios de proporcionalidad y mínima intervención constituyendo, a nuestro juicio, un ataque al principio de libertad de empresa.
El Instituto recuerda que el Proyecto de Ley ha sufrido fuertes críticas, no solo por parte de las empresas del sector, sino también en los informes realizados tanto por el Consejo General del Poder Judicial como por el Consejo de Estado que ponen en duda su constitucionalidad, ya que resulta contrario a la Constitución que la ley suprima o prescinda de la voluntad de una de las partes para someter la controversia al arbitraje e impida su posterior revisión por la jurisdicción ordinaria competente.
En el Proyecto de Ley se establece que cuando el importe reclamado sea inferior a 20.00 euros o de cuantía indeterminada, las decisiones de la Autoridad serían vinculantes para las entidades, aunque recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La nueva Autoridad centralizaría los tres servicios de reclamaciones especializados actualmente a cargo de los tres supervisores: Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).