El Economista

La exención de la ‘tasa a los ricos’ llega a extranjero­s

- E. D.

El Gobierno extiende a los no residentes el mínimo exento de 700.000 euros en el Impuesto Temporal de Solidarida­d a las Grandes Fortunas (ITSGF). El Real Decreto-ley de medidas urgentes para paliar los efectos de la guerra de Ucrania y de Oriente Próximo aprobado este miércoles por el Consejo de Ministros y publicado este jueves en el BOE señala que se modifica el impuesto a las Grandes Fortunas “a fin de extender el mínimo exento de 700.000 euros a todos los sujetos pasivos del impuesto, con independen­cia de que sean o no residentes en España”.

Este fue uno de los puntos polémicos del tributo que creó el Gobierno en diciembre de 2022, ya que los expertos en fiscalidad apuntaban a que abría la puerta a que los no residentes impugnaran el impuesto por la diferencia de trato con los residentes, lo que podría vulnerar la libre circulació­n de capitales.

Este impuesto grava los patrimonio­s de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros, con un mínimo exento de 700.000 euros, a los que hay que sumar otros 300.000 euros exentos de la vivienda habitual.

El Real Decreto-ley aprueba la continuida­d de este impuesto, que inicialmen­te se creó por dos años. La primera liquidació­n se hizo en julio de 2023 para gravar el patrimonio de los contribuye­ntes de 2022 y la segunda liquidació­n se realizará en 2024, para gravar la fortuna de 2023.

Este nuevo impuesto recaudó en su primera liquidació­n 623 millones de euros, de los que el 90% procedían de contribuye­ntes madrileños. Los ingresos son un 60% inferiores a la previsión del Ejecutivo, que estimó una recaudació­n anual de 1.500 millones de euros.

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