La exención de la ‘tasa a los ricos’ llega a extranjeros
El Gobierno extiende a los no residentes el mínimo exento de 700.000 euros en el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ITSGF). El Real Decreto-ley de medidas urgentes para paliar los efectos de la guerra de Ucrania y de Oriente Próximo aprobado este miércoles por el Consejo de Ministros y publicado este jueves en el BOE señala que se modifica el impuesto a las Grandes Fortunas “a fin de extender el mínimo exento de 700.000 euros a todos los sujetos pasivos del impuesto, con independencia de que sean o no residentes en España”.
Este fue uno de los puntos polémicos del tributo que creó el Gobierno en diciembre de 2022, ya que los expertos en fiscalidad apuntaban a que abría la puerta a que los no residentes impugnaran el impuesto por la diferencia de trato con los residentes, lo que podría vulnerar la libre circulación de capitales.
Este impuesto grava los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a tres millones de euros, con un mínimo exento de 700.000 euros, a los que hay que sumar otros 300.000 euros exentos de la vivienda habitual.
El Real Decreto-ley aprueba la continuidad de este impuesto, que inicialmente se creó por dos años. La primera liquidación se hizo en julio de 2023 para gravar el patrimonio de los contribuyentes de 2022 y la segunda liquidación se realizará en 2024, para gravar la fortuna de 2023.
Este nuevo impuesto recaudó en su primera liquidación 623 millones de euros, de los que el 90% procedían de contribuyentes madrileños. Los ingresos son un 60% inferiores a la previsión del Ejecutivo, que estimó una recaudación anual de 1.500 millones de euros.