Las empresas públicas en Cataluña no serán consideradas grandes tenedores
Se exime a el Incasol y la Agencia de la Vivienda de esta distinción
La Audiencia Provincial de Barcelona ha hecho pública una resolución mediante la cual la Agencia Catalana de la Vivienda y el Incasol no podrán ser consideradas como grandes inmuebles y, por tanto, no podrán recaer sobre las mismas las obligaciones y las medidas incluidas en la Ley de Vivienda.
La institución judicial justifica este acuerdo recalcando que, según la ley 12/2023 del 24 de mayo, es responsabilidad de “las administraciones competentes en materia de vivienda” establecer las condiciones por la cual un propietario es gran tenedor, en este caso la administración catalana.
En ese sentido, según la legislación catalana, a partir de lo expuesto en la Ley 18/2007 del 28 de diciembre, que cita como excepción de gran tenedor a los promotores sociales. Según otras leyes, el Incasol (Institut Català del Sòl) y la Agencia Catalana de la Vivienda están incluidas en esta definición.
El pasado verano, el pleno de la Generalitat decidió que para ser gran tenedor ya no había que tener 10 inmuebles en propiedad, basta con tener cinco o más de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros, a excepción de los promotores sociales. Esta nueva consideración es especialmente importante porque poco antes la Generalitat había designado 140 localidades como áreas tensionadas. En estas áreas, desde la aplicación de la Ley de Vivienda, el precio del alquiler de una vivienda de un gran tenedor no podrá superar nunca el índice de referencia del precio del alquiler. Además, en caso de impago, está obligado a ofrecer al inquilino un alquiler social antes de emprender acciones legales. Además, se prevén sanciones para los grandes tenedores que mantengan vacíos sus inmuebles, así como para los que no destinen una parte de los mismos a alquiler social. Solo el año pasado se sancionaron 79 grandes tenedores, que sumaron más de seis millones de euros.
Bajo esta nueva consideración, solo en Barcelona supone añadir más de 20.000 viviendas, según el estudio Estructura y concentración de la propiedad en el parque de alquiler en la ciudad de Barcelona, a los inmuebles en propiedad de grandes tenedores. La resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona resuelve la duda que había sobre la consideración de la Agencia Catalana de la Vivienda, pero también otorga este nuevo estatus al Incasol, que suma millones de euros en activos.
Ambas entidades evitarán el control de precios del alquiler y las sanciones sobre la vivienda social