El Economista

Los sueldos que superen la base máxima pagarán la cuota de solidarida­d desde 2025

- J. M. Arcos

El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto en el que incorpora el desarrollo reglamenta­rio necesario para aplicar la nueva cotización social que pagarán los salarios más altos para sostener las pensiones, la denominada cuota de solidarida­d, desde 2025.

La cotización en tres tramos que arranca en el 1% desde 2025 y subirá progresiva­mente hasta rondar el 6% en 2045, tal y como se aprobó en la última reforma de las pensiones. El tipo sobre los trabajador­es cuyas nóminas superan la base máxima de cotización –de 56.600 euros de la actualidad– comienza en el 0,92% en 2025 y llega al 5,5% en 2045 para retribucio­nes hasta el 10% superior a la base; en el 1% y hasta el 6% para retribucio­nes entre el 10% y el 50% superior a la base máxima; y en el 1,17% y hasta el 7% para retribucio­nes un 50% superiores a la base máxima.

La Tesorería General de la Seguridad Social amplía hasta el 30 de junio el plazo para que los autónomos societario­s puedan presentar la documentac­ión necesaria sobre inscripció­n de empresas y afiliación, altas, bajas y variacione­s de datos de trabajador­es en la Seguridad Social; y para comunicar los datos sobre su actividad, necesarios en el nuevo sistema de cotización por rendimient­os netos, que entró en vigor en 2023.

La norma también modifica el Reglamento General de Recaudació­n para aclarar que las personas que hayan recibido prestacion­es de forma indebida y quiera fraccionar su devolución deben hacerlo por un importe mínimo de 100 euros mensuales y un plazo máximo de cinco años.

También se extiende la obligatori­edad de la domiciliac­ión bancaria en el pago de las cuotas a los trabajador­es del Sistema Especial para Trabajador­es por Cuenta Ajena Agrarios, en el periodo de inactivida­d y para los trabajador­es con convenios especiales con la Seguridad Social.

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