El Supremo tumba el veto a publicitar el juego y abre la puerta a anular las multas desde 2020
El Tribunal dice que la Ley del Juego no dio cobertura alguna a estas prohibiciones
El Tribunal Supremo (TS) ha anulado cinco artículos del Real Decreto de noviembre de 2020 que prohibió la publicidad de los juegos de azar y las apuestas en la televisión, radio o internet, así como su promoción por parte de famosos, entre otros aspectos.
El Alto Tribunal, en una sentencia del 2 de abril, determina que el Real Decreto no tenía cobertura legal porque la Ley del Juego no estableció ningún criterio sobre el que establecer estas prohibiciones publicitarias. A pesar de que el Gobierno cambió en noviembre de 2022 la Ley del Juego para tratar de salvar el Real Decreto, finalmente, el Tribunal Supremo lo ha anulado parcialmente. Esto supone que el Ejecutivo, si persigue mantener la prohibición de la publicidad en el ámbito del juego, deberá desarrollar una nueva normativa.
Además, el fallo del Supremo abre la puerta a la anulación de las sanciones que la Administración ha impuesto a los operadores de juego desde la entrada en vigor del Real Decreto hasta su anulación parcial.
Fernando Belbel, abogado de Derecho Regulatorio de PwC Tax & Legal, y Álvaro Arroyo, abogado especialista del sector Entretenimiento y Medios de PwC Tax & Legal, señalan a este diario que, ante la falta de mención del Alto Tribunal respecto a las sanciones, habrá que instar a la anulación de las mismas.
Los expertos indican que hay varias situaciones. De un lado, consideran que todos los expedientes que en la actualidad están en trámite, pero sobre los que aún no hay resolución, deben caer por sí mismos. De otro, apuntan que las sanciones que aún no son firmes porque están impugnadas bien ante la Administración o bien ante los tribunales, también deberían tener una resolución favorable en base a esta sentencia.
Finalmente, indican que las sanciones firmes porque en su día ya se debatieron o no se impugnaron deben ser revisadas de oficio por el Estado y, en caso de que no lo haga, instar a esta revisión de oficio.
Además, los abogados apuntan a que también cabe la posibilidad de exigir responsabilidad patrimonial al Estado por una regulación que finalmente ha resultado ilegal, aunque matizan que lo ven más complicado.
Los expertos dicen que el Estado debería revisar de oficio las sanciones y anularlas
Puntos polémicos
Los artículos anulados son el 13 apartado 1 y 3 que prohibía a los operadores de juego hacer publicidad para captar nuevos clientes; el 15, que impedía el uso de famosos para publicitar el juego; y el 23 apartado 1 que impedía los anuncios de juego y apuestas en cualquier medio (televisión, radio o internet). También ha tumbado el artículo 25, apartado 3 que limitaba la promoción del juego a las plataformas de vídeo por internet si estas no trataban exclusivamente asuntos de juego; y el artículo 26 apartados 2 y 3 que prohibía la publicidad por redes sociales a usuarios que ya fueran jugadores.