La Justicia rechaza hacer fijos a tres interinos pese al fallo del TJUE que abrió la puerta
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado en tres sentencias distintas hacer fijos a tres interinos que encadenaron contratos temporales con la Administración, uno durante 26 años, a pesar de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señaló en febrero que mientras España no prevenga ni sancione esta contratación abusiva, convertir estos contratos temporales en fijos puede constituir una medida de sanción. El TJUE abrió la puerta con este fallo a hacer fijos a más de medio millón de interinos que en la actualidad encadenan contratos temporales en la Administración.
Sin embargo, el TSJM señala que la sentencia europea no obliga a declarar fijos a los trabajadores que encadenan contratos públicos, sino que solo lo propone como una forma para sancionar el comportamiento abusivo de la Administración.
El Pleno de la Sala de lo Social del TSJM considera que la situación de fijeza ha de hacerse respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en la Constitución, “dado que de lo contrario se podría hacer de mejor derecho a quien obtiene la fijeza por esta vía (la judicial), frente al que accede a tal situación mediante los procesos de selección correspondientes (oposiciones”.
Cabe recordar que después de que el TJUE emitiera su fallo, el Tribunal Supremo le remitió otra nueva cuestión prejudicial para conocer cómo se debe hacer fijos a los interinos en situación de abuso de contratación. El Alto Tribunal expuso sus dudas acerca de cómo casar la doctrina acuñada por dicha resolución con las normas europeas y nacionales relativas al acceso al empleo público, que señalan que debe regirse por los principios de igualdad, mérito y capacidad. Es decir, a través de convocatorias de plaza de funcionario y otros procesos administrativos.