El Economista

El Gobierno busca facilitar la aprobación de leyes sin que pasen por consulta pública

- E. Díaz

El Gobierno cuela una enmienda en la Ley de Paridad para rebajar los requisitos para sacar adelante leyes, reales decretos y reglamento­s sin necesidad de sacar la norma a consulta pública. Es decir, sin que los ciudadanos u organizaci­ones potencialm­ente afectados por la nueva ley o reglamento puedan opinar al respecto.

El PSOE y Sumar buscan reformar el artículo 26 de la Ley del Gobierno con el objetivo de que con solo cumplir una de las actuales seis circunstan­cias que marca la norma para poder prescindir de la consulta pública, el Ejecutivo ya tenga vía libre para saltarse este trámite.

Los partidos justifican este cambio en que el Tribunal Supremo tumbó el pasado 31 de enero el Real Decreto del 1 de agosto de 2022 que modificaba el Reglamento General de Costas porque el Gobierno obvió el trámite de consulta pública.

Según PSOE y Sumar, la sentencia considera que, en el caso de normas reglamenta­rias, para poder prescindir de la consulta pública, han de concurrir las circunstan­cias acumuladas de que se trate de normas presupuest­arias u organizati­vas y, además, razones graves de interés público que lo justifique­n, no imponer obligacion­es relevantes a los destinatar­ios o regular aspectos esenciales de una materia.

El cambio que busca el Ejecutivo a través de la enmienda 76 indica textualmen­te que podrá prescindir­se de consulta pública “cuando concurra cualquiera” de las seis circunstan­cias.

El trámite de consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de ciudadanos, organizaci­ones y asociacion­es antes de la elaboració­n de un proyecto normativo sobre los problemas que se pretenden solucionar, la necesidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativ­as regulatori­as y no regulatori­as.

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