El Gobierno destaca que los gritos machistas serían delito desde ayer
Cuando se produjeron aún no estaba vigente el acoso leve incluido en la ‘ley del solo sí es sí’
La delegada del Gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, resaltó ayer que los gritos y cánticos machistas proferidos en el Colegio Mayor Elías Ahuja serían delito si se hubieran producido ayer, con la ley de solo sí es sí ya en vigor. «Aclaro», afirmó ayer Rosell en un mensaje en las redes sociales, «que si sucediera HOY y alguna afectada lo denunciara, sí se consideraría delito».
La reforma legal no afecta a lo sucedido el pasado domingo, ya que no puede aplicarse de forma retroactiva en perjuicio de los eventuales responsables.
A eso, Victoria Rosell añade que para poder acusar por ese delito de acoso leve la ley exige que lo denuncie la persona afectada, algo de lo que hasta ahora no hay noticia. Las intervenciones públicas de las chicas de la residencia femenina han ido en dirección contraria, quitando hierro a lo sucedido. En cualquier caso, bastaría una denuncia para poder actuar penalmente.
«Pero además de requerir denuncia, la irretroactividad es una garantía constitucional», escribe Rosell, que adjunta al mensaje una imagen del BOE que reproduce «el artículo que la derecha llamaba ‘castigar el piropo’». Ese artículo añadido al Código Penal por obra de la Ley de Garantía de la Libertad Sexual castiga «a quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria».
Las penas que se pueden imponer son la localización permanente de cinco a 30 días, «siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima», o bien trabajos en beneficio de la comunidad, también de cinco a 30 días.
Este delito se aplica cuando no se haya cometido otro de mayor gravedad, que es precisamente lo que, sobre el papel, planteó también ayer la Fiscalía Provincial de Madrid. El Ministerio Público informó de que había acordado abrir unas diligencias de investigación por lo sucedido.
El Ministerio Público explicó que su actuación respondía a la denuncia presentada el jueves ante la Fiscalía de Madrid por Movimiento contra la Intolerancia, que veía la posibilidad de que se hubiera cometido un delito de odio.
La intención de la Fiscalía es «dilucidar si se ha cometido un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas», una amplia categoría que incluye los delitos de odio.
La resolución de la Fiscalía incluye una primera diligencia de investigación, la de requerir a la Policía Nacional para que le remita «toda la información» de que disponga sobre lo sucedido. La denuncia que ha activado la actuación de la Fiscalía resalta que los hechos han tenido gran repercusión mediática, «generando una incidencia que posibilita el desarrollo de un lenguaje y subcultura machista y misógina, que daña a la dignidad de todas las mujeres». Movimiento contra la Intolerancia considera que, dentro del larguísimo artículo que regula los delitos de odio, lo denunciado encajaría en el apartado que castiga a «quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito» por diversos motivos entre ellos «su sexo». La pena prevista es prisión de seis meses a dos años y multa.
Con el material obtenido en su investigación, la Fiscalía deberá decidir si hay indicios de delito como para llevar el asunto ante el juzgado, algo que las fuentes jurídicas consultadas consideran muy poco probable.